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cabo dentro de su territorio. Tercero, el Estado debe garantizar que no se emitirá
ninguna concesión dentro del territorio Saramaka a menos y hasta que entidades
independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del Estado, realicen un
estudio previo de impacto social y ambiental. Mediante estas salvaguardas se intenta
preservar, proteger y garantizar la relación especial que los miembros del pueblo
Saramaka tienen con su territorio, la cual a su vez, garantiza su subsistencia como
pueblo tribal.
39.
Adicionalmente, en el Punto Resolutivo noveno de la Sentencia, la Corte ordenó al
Estado “implementar medidas y mecanismos adecuados a fin de minimizar el perjuicio que
puedan tener dichos proyectos en la capacidad de supervivencia social, económica y cultural
del pueblo Saramaka”.
b)
Estudio previo de impacto social y ambiental (EISA)
40.
Para responder con mayor precisión a la preocupación del Estado relativa al estudio
previo de impacto social y ambiental ordenado en la Sentencia, la Corte desarrollará con
mayor detalle dicha garantía22. Los EISAs sirven para evaluar el posible daño o impacto que
un proyecto de desarrollo o inversión puede tener sobre la propiedad y comunidad en
cuestión. El objetivo de los EISAs no es sólo tener alguna medida objetiva del posible
impacto sobre la tierra y las personas, sino también, como se señaló en el párrafo 133 de la
Sentencia, “asegura[r] que los miembros del pueblo Saramaka tengan conocimiento de los
posibles riesgos, incluidos los riesgos ambientales y de salubridad, a fin de que acepten el
plan de desarrollo o inversión propuesto con conocimiento y de forma voluntaria”.
41.
Con miras a cumplir con los puntos ordenados por la Corte, los EISAs deben
realizarse conforme a los estándares internacionales y buenas prácticas al respecto23, y
deben respetar las tradiciones y cultura del pueblo Saramaka. Conjuntamente con los
referidos estándares y buenas prácticas, la Sentencia establece que los EISAs deben ser
concluidos de manera previa al otorgamiento de la concesión, ya que uno de los objetivos
de la exigencia de dichos estudios es garantizar el derecho del pueblo Saramaka a ser
informado acerca de todos los proyectos propuestos en su territorio. Por lo tanto, la
obligación del Estado de supervisar los EISAs coincide con su deber de garantizar la efectiva
participación del pueblo Saramaka en el proceso de otorgamiento de concesiones. Además,
los EISAs deben ser asumidos por entidades independientes y técnicamente capacitadas,
bajo la supervisión del Estado. Finalmente, uno de los factores que debiera tratar el estudio
de impacto social y ambiental es el impacto acumulado que han generado los proyectos
existentes y los que vayan a generar los proyectos que hayan sido propuestos. Este análisis
permitiría concluir de una manera más certera si los efectos individuales y acumulados de
actividades existentes y futuras pueden poner en peligro la supervivencia de los pueblos
indígenas o tribales.
c)
Nivel de impacto aceptable
22
El Punto Resolutivo 9 de la Sentencia indica que el “Estado debe asegurar que se realicen estudios de
impacto ambiental y social mediante entidades técnicamente capacitadas e independientes […], previo al
otorgamiento de concesiones relacionadas con proyectos de desarrollo o inversión dentro del territorio tradicional
Saramaka, [y debe] implementar medidas y mecanismos adecuados a fin de minimizar el perjuicio que puedan
tener dichos proyectos en la capacidad de supervivencia social, económica y cultural del pueblo Saramaka, en los
términos de los párrafos 129, 133, 143, 146, 148, 155, 158 y 194(e) de [la] Sentencia”. Caso del Pueblo
Saramaka, supra nota 1, Punto Resolutivo 9.
23
Uno de los más completos y utilizados estándares para EISAs en el contexto de pueblos indígenas y
tribales es conocido como Akwé:Kon Guidelines for the Conduct of Cultural, Environmental and Social Impact
Assessments Regarding Developments Proposed to Take Place on, or which are Likely to Impact on, Sacred Sites
and on Lands and Waters Traditionally Occupied or Used by Indigenous and Local Communities, el cual puede ser
encontrado en: www.cbd.int/doc/publications/akwe-brochure-pdf.