10 refirió a otras garantías con las que debe contar las exhumaciones (infra Considerando 25). B.2. Consideraciones de la Corte 19. Mediante informe de 15 de octubre de 2009, el Estado comunicó que “[e]l lunes 21 de septiembre de 2009 […] se inició en el Cementerio General del Sur […] el proceso de exhumación de las víctimas[,] acto [que] contó con la presencia de la Fiscal General de la República […] y la Defensa Pública, culminando el día 23 de septiembre de 2009 […,] donde se abrieron veintinueve (29) nichos, los cuales se encontraban dentro de colmenas, lográndose localizar ciento veinticinco (125) individuos”. 20. Además, en sus informes de 2011 y 2015, hizo referencia a un nuevo proceso de exhumación e individualización de las víctimas. Señaló que “la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses les tomó muestras óseas a las setenta y un osamentas que guardan relación con estos hechos, para extraerles el ADN que permita su identificación mediante el cotejo con sus familiares”. Además, indicó que se realizaron actos de inhumación “de […] setenta y un osamentas correspondientes a las víctimas del Caracazo […] el 27 de febrero de 2011” y de “setenta y ocho osamentas […] el 20 de mayo de 2011, las cuales […] fueron enterradas en el sector la Peste del Cementerio General del Sur”. Finalmente, indicó que “[e]l Ministerio Público […], ha iniciado trescientas treinta y seis investigaciones; seiscientas quince entrevistas y doscientas veintinueve inspecciones […] donde se exhumaron ciento veinticinco osamentas, setenta y un inhumaciones en el Cementerio General del Sur”, y que entre ellas se encontraba “Teodoro Capote, quien es víctima del Caracazo”. 21. La Corte hace notar que, con relación a las exhumaciones e individualización de las víctimas realizadas en los años 200929 y 2011, el Estado no presentó elemento probatorio alguno sobre las afirmaciones señaladas en dichos informes, y que la información proporcionada es poco clara e imprecisa. No se puede desprender cuáles han sido los avances del Estado con relación al cumplimiento de dicha medida, si pudieron identificarse los restos de alguna persona posteriormente a las exhumaciones, ni siquiera si los restos exhumados guardan relación con los hechos atinentes al Caracazo30. En consecuencia, la Corte considera que el Estado no ha informado sobre las acciones posteriores a la exhumación para identificar los restos. pasaron a la historia con el nombre de ‘El Caracazo’” y que los representantes de las víctimas presentaron objeciones al respecto. Cfr. Caso del Caracazo Vs. Venezuela. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 23 de septiembre de 2009. 29 Con relación a las exhumaciones realizadas en el 2009, la Corte observa que el Estado únicamente proporcionó como medio probatorio el “curriculum vital” de dos arqueólogos, un odontólogo forense, y un patólogo forense, en su calidad de “[e]xpertos juramentados por el Órgano Jurisdiccional”. 30 Precisamente, el Estado reconoció en su informe de 2015 que tras la “inhumación de setenta y ocho osamentas […] se determinó que no guardan relación con el hecho social conocido como ‘El Caracazo’”, así como también que posterior a la inhumación de “setenta y nueve osamentas en el Cementerio Las Clavellinas, […] se pudo constatar que una corresponde a quien en vida respondiera al nombre de Francisco Colmenares Zorrilla y cuya muerteno guarda relación con los hechos del Caracazo”. En el mismo orden de ideas, los representantes de las víctimas indicaron, en sus observaciones de 2015, que en dichas exhumaciones “se verificaron una cantidad de 65 cadáveres restantes que debían ser investigados para determinar su identidad correcta, no obstante en la información que el Estado aporta manifiesta que se verificaron 71 casos que tienen relación con el caracazo y otros restos que no pertenecían a la época de los hechos” e hicieron notar que “[e]sta situación genera una gran inseguridad jurídica para los familiares en la determinación de la identidad de las víctimas del Caracazo y en saber si la separación de los cadáveres de sus familiares de otros que no guarden relación con los hechos vividos se hizo adecuadamente”.

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