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del lugar de los hechos 157 y, posteriormente, el Ministerio Público Común de Allende
remitió nuevamente la averiguación previa a la Procuraduría de Guerrero 158 , por
considerar que era incompetente en razón de territorio para continuar con la investigación.
143. El 15 de abril de 2002 la Agente del Ministerio Público Especializada en Delitos
Sexuales y Violencia Intrafamiliar de Morelos (en adelante “Ministerio Público de Morelos”)
recibió de la Procuraduría de Guerrero la averiguación previa ALLE/SC/02/62/2002 y la
radicó como averiguación previa MOR/AEDS/025/2002159. El Ministerio Público de Morelos
continuó con la investigación practicando algunas diligencias160 hasta el 16 de mayo de
2002, cuando se declaró incompetente, en razón de materia, para continuar con la
averiguación previa y la remitió al fuero castrense161.
ii) Averiguaciones previas 35ZM/05/2002, SC/169/2002/I, SC/169/2002/I-V y
SC/169/2002/I-V-XIV - Ministerio Público Militar
144. Previo al inicio de la investigación en el fuero común, el 5 de marzo de 2002, se dio
apertura a la averiguación previa 35ZM/05/2002, por los sucesos publicados en la nota
periodística de 1 de marzo de 2002 del Diario El Sur162, comunicados al Comandante del
41 Batallón de Infantería mediante el Radiograma 7018 de 3 de marzo de 2002163. El 21
de mayo de 2002 el Ministerio Público Militar, con base en el artículo 57 fracción II inciso
a) del Código de Justicia Militar (en adelante “artículo 57.II.a”) “acept[ó] la incompetencia
planteada en razón de la materia” y convalidó todas las actuaciones practicadas en la
averiguación previa MOR/AEDS/025/2002, agregándolas a la averiguación previa número
35ZM/05/2002164.
157
Cfr. Acta de inspección ocular emitida por el Ministerio Público del Fuero Común del Distrito Judicial de
Allende de 5 de abril de 2002 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo V, folios 9283 a
9285).
158
Cfr. Acuerdo emitido por el Ministerio Público del Fuero Común del Distrito Judicial de Allende de 5 de
abril de 2002 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo V, folio 9286).
159
Cfr. Acuerdo de radicación de la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales y
Violencia Intrafamiliar de Morelos, de 15 de abril de 2002 (expediente de anexos de contestación a la demanda,
tomo V, folios 9254 y 9255).
160
Cfr. Declaración rendida por el señor Encarnación Sierra Morales el Ministerio Público del Fuero Común
Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de Morelos, de 17 de abril de 2002 (expediente anexos
al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, anexo 55, folios 5734 a 5736); declaración rendida por el señor
Ezequiel Sierra Morales ante el Ministerio Público del Fuero Común Especializada en Delitos Sexuales y Violencia
Intrafamiliar de Morelos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, anexo 58, folios
5746 a 5749), y declaración rendida por el señor Fidel Bernardino Sierra, supra nota 72, folios 5738 a 5740.
161
Cfr. Acuerdo de declinación de competencia y oficio No. 244 de remisión de expediente de la Agente del
Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de Morelos, ambos de 16 de mayo de
2002 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo V, folios 9334, 9345 y 9346).
162
Cfr. Acuerdo de radicación del Agente del Ministerio Público Militar adscrito a la 35ª Zona Militar de 5 de
marzo de 2002 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, folios 5909 y 5910), y
Nota periodística “A la CNDH, quejas por violación y golpes a una joven tlapaneca”, Diario el Sur, de 1 de marzo
de 2002 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, folio 5912).
163
Cfr. Radiograma 7018 del Comandante de la 35ª Zona Militar de 3 de marzo de 2002 (expediente de
anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, anexo 112, folio 5919).
164
Cfr. Acuerdo emitido por el Agente del Ministerio Público Militar de 21 de mayo de 2002 (expediente de
anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo II, anexo 105, folios 5876 a 5879).