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261. Los representantes solicitaron al Tribunal que ordene al Estado mexicano la
creación de una oficina del Ministerio Público especializada en atención a mujeres víctimas
de violencia en el estado de Guerrero, de fácil acceso, la cual deberá contar con recursos
técnicos y financieros adecuados, así como con personal capacitado para tratar e
investigar casos similares al presente y con conocimiento de los estándares
internacionales en tratamiento de mujeres víctimas de violencia y tortura.
262. México indicó que existen en el estado de Guerrero, entre otras instituciones, una
Fiscalía Especializada para la Investigación de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar,
de la que dependen siete agencias especializadas en la atención de violencia sexual,
distribuidas estratégicamente en el territorio de la entidad, una de ellas ubicada en la
Región de la Montaña, todas atendidas por personal femenino, capacitado en el tema de
violencia de género, y la Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las
Mujeres y Trata de Personas, adscrita a la Procuraduría General de la República.
Asimismo, México indicó que el estado de Guerrero ha llevado a cabo múltiples acciones
para atender a las mujeres indígenas guerrerenses, señalando el trabajo desarrollado por
distintas dependencias, entre otras, la Secretaría de la Mujer y la Secretaría de Asuntos
Jurídicos del estado de Guerrero, la creación de treinta y seis consejos municipales de
asistencia y prevención de la violencia contra la mujer y dos unidades municipales de la
misma especialización ubicadas en la zona de la Montaña. Adicionalmente, informó que
con el fin de acercar los servicios de atención psicológica, jurídica y de trabajo social para
las mujeres en las regiones de la Montaña y Costa Chica, en municipios y localidades de
mayor marginación que tienen un alto índice de población indígena, cuenta con dos
unidades móviles itinerantes. Igualmente, informó sobre el Programa de asesoría,
orientación en violencia de género y representación jurídica en materia familiar, cuyas
acciones se orientan a proporcionar, entre otros, servicios gratuitos de representación
legal y asesoría a las mujeres, y también informó sobre el Programa de defensa y
asesoría jurídica de la procuraduría de la defensa de los derechos de la mujer, mediante
el cual, entre otros asuntos, se otorgan apoyos económicos a las mujeres para solventar
gastos en procesos jurisdiccionales y se facilita representación y asesoría jurídica en los
procesos penales de los que son objeto las mujeres. Finalmente informó sobre acciones
emprendidas en materia de difusión de los derechos de la mujeres, entre las que destacó
la distribución de trípticos para dar a conocer las atribuciones, servicio y ubicación de las
unidades municipales especializadas de atención a mujeres víctimas de violencia.
263. El Tribunal valora la información aportada por el Estado y observa que los
representantes no se han pronunciado sobre las diversas acciones, unidades móviles e
instituciones referidas por México, ni aportaron información indicando eventuales falencias
de las mismas. Con base en lo anterior, la Corte no cuenta con la información concreta y
suficiente para evaluar la situación y ordenar la creación de la oficina solicitada por los
representantes. Sin embargo, los servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia
sexual deben ser proporcionados por las instituciones indicadas por el Estado, entre otras,
el Ministerio Público en Ayutla de los Libres, a través de la provisión de los recursos
materiales y personales, cuyas actividades deberán ser fortalecidas mediante las acciones
de capacitación ordenadas en la presente Sentencia.
264. Por último, la Corte observa que el diagnóstico realizado por la Secretaría de la
Mujer del estado de Guerrero aportado por México identificó, entre otras barreras
institucionales que dificultan la atención a la violencia en zonas indígenas y rurales, la
concentración de dichos servicios en ciudades y la dificultad de acceso y traslado a la sede
de los servicios de atención 292 . Dicho diagnóstico recomendó, entre otras medidas,
desconcentrar los servicios e impulsar servicios itinerantes de sensibilización y de
292
19159.
Cfr. Desarrollo de Redes 2008, Secretaría de la Mujer y Red Nacional de Refugios, supra nota 57, folio