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7. Marcos Arana Cedeño, médico especialista en salud pública y atención integral a
la mujer, perito propuesto por la Comisión Interamericana. Rindió un dictamen
sobre: i) los supuestos obstáculos que enfrentan las mujeres indígenas en el acceso
a los servicios de salud en México, y ii) los requisitos mínimos de recopilación de
prueba en casos de violencia sexual que deben seguir los profesionales de la salud.
8. Clemencia Correa González, profesora y experta en el tratamiento de la violencia
política, con énfasis en violencia de género, perita propuesta por los
representantes. Rindió un dictamen sobre: i) la supuesta existencia de secuelas en
la señora Rosendo Cantú a raíz de la alegada tortura sexual de la que habría sido
víctima; ii) el alegado impacto personal, familiar y comunitario/social que habrían
sufrido la señora Rosendo Cantú y su familia por la alegada violación sexual, por la
supuesta falta de acceso a los servicios de salud e impunidad del caso; iii) las
supuestas repercusiones de las alegadas violaciones de derechos humanos y de la
impunidad en la alegada afectación del tejido social, y iv) las medidas necesarias
para reparar el daño que se habría causado.
9. Héctor Ortiz Elizondo, antropólogo jurídico, perito propuesto por los
representantes. Rindió un dictamen sobre: i) la percepción de las comunidades
indígenas de la violencia sexual y de la discriminación contra la mujer; ii) el impacto
cultural que habría tenido en la comunidad indígena la alegada violación sexual que
habría sufrido la señora Rosendo Cantú a manos de militares en un contexto de
supuesta militarización y represión, así como por la alegada impunidad del caso, y
iii) las posibles medidas de reparación necesarias.
29.
Adicionalmente, en aras de la economía procesal, se incorporaron al presente caso
los testimonios e informes periciales rendidos ante fedatario público en el Caso Fernández
Ortega y otros Vs. México de los siguientes testigos y peritos31:
1. Cuauhtémoc Ramírez Rodríguez, integrante directivo de la Organización del
Pueblo Indígena Tlapaneco, testigo propuesto por la Comisión Interamericana y los
representantes. Declaró sobre: i) las circunstancias que rodearon la alegada
violación sexual de la cual habría sido víctima la señora Fernández Ortega; ii) el
supuesto empleo de la práctica de violación sexual como forma de hostigamiento en
contra de los movimientos sociales en Guerrero por parte del Ejército; iii) las
supuestas afectaciones que la alegada violación sexual de la señora Fernández
Ortega tuvo para la labor de la Organización del Pueblo Indígena Tlapaneco/Me’paa,
y iv) las alegadas amenazas y hostigamiento en perjuicio de las diferentes personas
involucradas en el reclamo de justicia en el caso.
2. María Isabel Camila Gutiérrez Moreno, editora y corresponsal del periódico El
Sur, testigo propuesta por los representantes. Declaró sobre: i) el supuesto
contexto de militarización en las zonas indígenas, en particular Ayutla, estado de
Guerrero, y ii) la documentación, reportajes e investigaciones que como periodista
ha realizado en el marco de violaciones a mujeres indígenas en la zona de Ayutla.
3. Rodolfo Stavenhagen, antropólogo y sociólogo, ex Relator Especial para los
Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los Indígenas de la Organización
de las Naciones Unidas, perito propuesto por la Comisión Interamericana. Rindió un
dictamen sobre: i) la situación de la población indígena en el estado de Guerrero; ii)
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Respecto de estos testimonios y peritajes el Presidente determinó que la Corte sólo tendría en
consideración aquellos aspectos relacionados exclusivamente con el presente caso. Cfr. Caso Rosendo Cantú y
otra. Convocatoria a Audiencia Pública, supra nota 6, Considerandos veintisiete y veintinueve.