7. El 12 de noviembre de 2008 la Comisión solicitó al Estado presentar sus observaciones sobre el fondo en el plazo de dos meses. El 16 de enero de 2009 el Estado presentó una comunicación a la Comisión expresando su interés en iniciar un procedimiento de solución amistosa. El 3 de marzo del mismo año los peticionarios presentaron una comunicación solicitando a la CIDH que continuara con la etapa de fondo. 8. Con posterioridad, el Estado presentó comunicaciones el 1 de mayo de 2009 y 19 de junio de 2009. Por su parte, los peticionarios presentaron comunicaciones el 14 de abril de 2009, 26 de septiembre de 2009, 19 de agosto de 2011, 20 de octubre de 2011, 18 de enero de 2012 y 13 de marzo de 2012. Todas las comunicaciones fueron debidamente trasladadas a las partes. 9. Posteriormente, en su comunicación de 8 de noviembre de 2012 el Estado reiteró su interés en entablar una solución amistosa. El 16 de octubre de 2014 los peticionarios enviaron una comunicación solicitando a la CIDH que emita su informe de fondo. Dicha solicitud fue reiterada el 26 de febrero, 15 de junio y 18 de agosto de 2016. El 17 de octubre de 2016 el Estado reiteró su interés en entablar una solución amistosa. El 3 de noviembre de 2016 los peticionarios enviaron una comunicación indicando que no aceptaban una propuesta de entablar una solución amistosa y solicitando a la CIDH que emita su informe de fondo. III. POSICIÓN DE LAS PARTES A. Posición de los peticionarios 10. Los peticionarios indicaron que el Estado es responsable por la muerte de Mirey Trueba, ocurrida el 22 de agosto de 1998 en Baborigame, municipio de Guadalupe y Calvo, estado de Chihuahua; así como por la falta de investigación y sanción adecuada a todos los responsables de tal hecho. Indicaron que el señor Trueba se encontraba en un vehículo con su hermano y otro acompañante cuando fueron detenidos por agentes militares. Señalaron que Mirey Trueba descendió del vehículo corriendo en sentido contrario a los militares, cuando uno de dichos agentes disparó en su dirección en once oportunidades. Los peticionarios explicaron que estos hechos se enmarcan en un contexto de uso de las Fuerzas Armadas en tareas de orden público y en el cual existían constantes actos de violencia de soldados en perjuicio de los pobladores de Baborigame. 11. En relación con los derechos a la vida e integridad personal, los peticionarios alegaron que el señor Trueba, luego de ser disparado por un agente estatal, no fue llevado a un centro médico pues los militares se negaron a ello. Señalaron que el señor Trueba estuvo durante tres horas sin recibir ningún tipo de asistencia, por lo que falleció. Los peticionarios señalaron que la negativa a permitir que el señor Trueba contara con asistencia médica oportuna, afectó su derecho a la integridad personal, mientras se encontraba vivo. Agregaron que también se vulneró su derecho a la vida puesto que su muerte se produjo por los disparos efectuados por un militar que se encontraba en servicio. Adicionalmente, los peticionarios alegaron que los militares golpearon a los dos acompañantes del señor Trueba, quienes pedían que fuera llevado a un centro médico. 12. Respecto de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, los peticionarios alegaron que la investigación iniciada no cumplió con el debido proceso. Explicaron que la investigación se llevó a cabo en la jurisdicción penal militar, la cual no es compatible con los estándares internacionales. Señalaron que en dicho fuero únicamente se juzgó y sancionó por homicidio al militar que disparó al señor Trueba. Indicaron que, además de que el fuero no era el adecuado, la sanción de un año y once meses de prisión no fue proporcional al delito cometido. Los peticionarios también alegaron que los familiares del señor Trueba no tuvieron la posibilidad de participar ni de conocer el desarrollo del proceso ya que no fueron informados sobre el estado del mismo. 13. Asimismo, los peticionarios alegaron que el Estado no realizó una investigación efectiva y exhaustiva pues no se investigó la responsabilidad de los demás agentes militares que presenciaron los 2

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