En el marco de la instrucción la PROCUVIN tomó contacto con varios declarantes 109, solicitó prueba e hizo diversos requerimientos 110. El 29 de octubre de 2019, la PROCUVIN informó que la causa se encontraba en estudio a fin de evaluar los lineamientos a seguir111. Posteriormente a la audiencia oral y pública de este caso ante esta Corte, la PROCUVIN solicitó las copias de las declaraciones ante fedatario público presentadas por los representantes, así como del peritaje de Víctor Manuel Rodríguez112. Asimismo, el Estado informó que ninguno de los magistrados intervinientes en la causa seguida en el caso de José Delfín Acosta Martínez continúa en sus cargos. E. Intimidaciones y amenazas a familiares y a un testigo 66. El señor Ángel Acosta Martínez denunció que, posteriormente a la muerte de su hermano, tanto él como su madre recibieron amenazas anónimas113. De esta forma, el 23 de abril de 1996, el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción No. 10 envió oficio al presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal informándole de las amenazas de muerte denunciados por Ángel Acosta Martínez y de la presunta sustracción de efectos del domicilio de su hermano fallecido 114. 67. El 24 de abril de 1996, Ángel Acosta Martínez envió carta al Cónsul de Uruguay en Buenos Aires solicitando protección inmediata frente a las amenazas recibidas tanto por él, su madre, como la familia uruguaya que los había albergado 115. El Consulado envió una carta al Jefe de Departamento de Asuntos Extranjeros de la Policía Federal Argentina solicitando que se tomaran las medidas pertinentes el 29 de abril de 1996116. Solicitaron información con respecto al taxista que había sido llamado como testigo a la Comisaría, O.D.A. La Cámara Nacional Electoral les informó que había fallecido en el 2012. Se encontraron los datos de contacto de los hermanos Gonçalves y el 25 de junio de 2019 se les citó a declarar (Cfr. Oficio N° 956 emitido por la PROCUVIN el 29 de octubre de 2019, expediente de fondo, folios 211 a 213). 109 Libraron cédulas a la Jefatura de la Policía Federal Argentina solicitando copias certificadas de los edictos sobre desórdenes, ebriedad y otras intoxicaciones, los libros de novedades del Sargento de Guardia, del Jefe de servicio de los móviles que detuvieron a Acosta y a los hermanos Gonçalves y el de detenidos. También solicitaron los legajos laborales del personal policial mencionado en la causa en cuestión. Solicitaron al Director del SAME los libros y/o registros de novedades relacionados con la muerte de Acosta Martínez junto con los legajos laborales de las personas que lo atendieron en la ambulancia (Cfr. Oficio n° 956 emitido por la PROCUVIN el 29 de octubre de 2019, expediente de fondo, folios 211 a 213). 110 111 Cfr. Contestación del Estado del 15 de noviembre de 2019 (expediente de fondo, folio 199). 112 Cfr. Alegatos finales del Estado del 18 de junio de 2020 (expediente de fondo, folio 546). En su declaración del 22 de abril de 1996, indicó que había trasladado a su madre al domicilio de unos amigos y que “en ese lugar comenzaron haber (sic) amenazas telefónicas y otras llamadas silenciosas. Que una de esas amenazas pidió hablar con la Sra. Acosta o la madre de Acosta. Que atendió la llamada la dueña de la casa, y no di[jo] si estaba o no. Una voz masculina le manifestó el siguiente mensaje: “decile que su hijo se deje de joder, que no siga (sic)”, a punto tal que se pusieron muy nerviosos tanto que los moradores se fueron a Uruguay”, asimismo en esa misma declaración indicó que quería “denunciar que en la casa de su hermano alguien entró, ignorando aunque supone que fue la policía, seña[lando] que se llevaron efectos de su hermano y otras cosas, entre ellas fotografías y datos de su enfermedad, relacionados a la Hepatitis B” (Declaración rendida ante el Juez de Instrucción por Ángel Acosta Martínez el 22 de abril de 1996, -expediente de prueba, folios 208 a 209-). Lo anterior fue reiterado en su declaración en audiencia pública ante esta Corte. 113 Cfr. Comunicación del Tribunal de Apelaciones al Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones de 23 de abril de 1996, (expediente de prueba, folios 492 a 493). 114 Cfr. Carta dirigida el Cónsul de Uruguay en Buenos enviada por Ángel Acosta Martínez de 24 de abril de 1996 (expediente de prueba, folio 498). 115 Cfr. Oficio N° 322/96 del Consulado de Uruguay en Buenos Aires de 29 de abril de 1996 (expediente de prueba, folio 500). 116 24

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