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Coronel P.N.P. Enrique Castillo León, director del E.P. Máxima Seguridad de Mujeres de
Chorrillos; informe No. 02-97-EPMSMCH- Serv.Ps. dirigido al coronel P.N.P. Enrique
Castillo León; tarjeta de constancias de la fecha en que fue atendida María Elena Loayza
Tamayo en el Hospital Nacional General “Arzobispo Loayza”; informe Médico del Hospital
Nacional General “Arzobispo Loayza”, de 5 de enero de 1998, sobre la Historia Clínica de
María Elena Loayza Tamayo, anexo X; recetas médicas y facturas de medicinas
compradas para María Elena Loayza Tamayo de 1996 a 1997, anexo XIX; y declaración
de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos);
j)
su reclusión le provocó severos trastornos de salud física y psíquica,
algunos de los cuales podrían aliviarse con terapia prolongada, mientras que
otros podrían ser irreversibles
(Cfr. dictamen médico emitido por el Dr. Roberto von Bennewitz Gotschlich en octubre
de 1998; Dictamen médico emitido por el Dr. Martín Cordero Allary el 7 de octubre de
1998; informe preliminar sobre la situación de la señora María Elena Loayza Tamayo,
elaborado por la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas; evaluación
médico-psiquiatra de María Elena Loayza Tamayo, elaborada por la doctora Shirley
Lilliana Llerena Mora de 24 de enero de 1998 y declaración de María Elena Loayza
Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos);
k)
fue liberada el 16 de octubre de 1997
(Cfr. información del Estado de 20 de octubre de 1997; y declaración de María Elena
Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos);
l)
hizo varias solicitudes de reincorporación en sus antiguos trabajos: en el
Colegio José Gabriel Condorcanqui, solicitó su reincorporación al cargo el 27 de
octubre de 1997; se ordenó su reincorporación en otro centro educativo a partir
del 1 de marzo de 1998. Solicitó su reincorporación a la Escuela Nacional de
Arte Dramático el 27 de noviembre de 1997 y a la Universidad de San Martín de
Porres el 26 y 27 de noviembre y 3 de diciembre de 1997. No se tiene
conocimiento del resultado de estas últimas gestiones
(Cfr. solicitud de reincorporación al Centro Educativo “José Gabriel Condorcanqui”, de 27
de octubre de 1997, dirigida al director de la Unidad de Servicios Educativos 02 Rímac;
oficio No. 314-97/DCN”JGC” de 10 de noviembre de 1997, de Aquiles L. Reynoso Lázaro,
CH “José Condorcanqui”, dirigido a Francisco Javier Herrera Tuesta, director del
programa sectorial II de la USE. 02; solicitud de María Elena Loayza Tamayo, de 21 de
noviembre de 1997, dirigida al director de la Unidad de Servicios Educativos USE 02Rímac, y Resolución Directorial No. 2273 de la Unidad de Servicios Educativos No. 02
Rímac-Independencia -San Martín de Porres, de 17 de diciembre de 1997, anexo XXVI;
solicitud de reincorporación en la plana docente de la Escuela de Arte Dramático, de 27
de noviembre de 1997; solicitud de reincorporación en la plana docente de la
Universidad de San Martín de Porres, de 3 de diciembre de 1997 y solicitud de
reincorporación en la plana docente en la Facultad de Administración de la Universidad
de San Martín de Porres, de 26 de noviembre de 1997, anexo IX; declaración de María
Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos); y
m)
reside actualmente en la ciudad de Santiago de Chile, no labora y recibe
tratamiento médico financiado por “FASIC”
(Cfr. declaración de María Elena Loayza Tamayo ante la Corte Interamericana;
evaluación médico psiquiatra elaborado por la doctora Shirley Lilliana Llerena Mora, de
24 de enero de 1998; informe preliminar sobre la situación de la señora María Elena
Loayza Tamayo, elaborado por la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas y