14 c) el Estado debe aclarar si la información contenida en el listado presentado como anexo al informe estatal de 23 de enero de 2006 (supra Visto 14.o) es actualizada. Asimismo, del listado en cuestión se desprende que los internos de La Pica no están separados por categorías; d) el Estado debe presentar información detallada sobre las investigaciones adoptadas en relación con los hechos de violencia en La Pica y los resultados que han arrojado hasta el momento; e) las nuevas muertes ocurridas bajo la vigencia de las medidas cautelares evidencian la falta de un adecuado control de la seguridad al interior de La Pica; f) la naturaleza de los objetos incautados durante una requisa el pasado 26 de enero de 2006 corrobora la existencia de un grave problema de tráfico de armas, licor y estupefacientes al interior de La Pica, que contribuye al riesgo permanente para la vida e integridad personal de los beneficiarios; g) mientras que las acciones emprendidas hasta el momento por el Estado no están produciendo resultados, la Comisión valora positivamente la voluntad estatal de adoptar medidas de mediano plazo, orientadas al mejoramiento de las condiciones de detención; y h) el Estado debe tomar todas las acciones necesarias para impedir que los internos sean sometidos a tortura o castigos físicos, aumentar el número de guardias destinados a custodiar la seguridad interna y externa de La Pica, capacitar al personal penitenciario no sólo en derechos humanos, sino en técnicas para la atención de emergencias en establecimientos carcelarios, implementar un sistema de supervisión periódica de las condiciones de detención y el estado físico de las personas privadas de libertad, a través de un órgano independiente, llevar a cabo requisas periódicas para decomisar armas al interior del establecimiento, separar inmediatamente a los internos por categorías, de acuerdo con los estándares internacionales aplicables, e investigar los incidentes de violencia en el internado. 18. La comunicación de 6 de febrero de 2006, mediante la cual los representantes informaron que el 4 de febrero de 2006 se presentó un nuevo hecho de violencia en el Internado La Pica, el cual dejó como resultado a un interno muerto con cuatro heridas de bala. 19. La audiencia pública sobre la solicitud de medidas provisionales celebrada en la sede de la Corte Interamericana el 9 de febrero de 2006, en la que comparecieron: por la Comisión Interamericana: Víctor H. Madrigal Borloz, asesor; Juan Pablo Albán, asesor; y Deborah Benchoam, asesora;

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