7 10. Audiencia Pública.- El 21 de abril de 2017 el Presidente emitió una Resolución8 mediante la cual convocó al Estado, a los representantes y a la Comisión Interamericana a la celebración de una audiencia pública, respecto de las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas, para escuchar los alegatos finales orales de las partes, y las observaciones finales orales de la Comisión respecto a esos temas. Asimismo, mediante dicha Resolución se ordenó recibir declaraciones rendidas ante fedatario público (afidávit) de 11 declarantes, todos propuestos por los representantes, dos testigos propuestos por el Estado y ocho peritos, según el caso, propuestos por la Comisión, los representantes y el Estado, las cuales fueron presentadas el 15 de en mayo de 2017 por la Comisión, y el 19 de mayo de 20179 por el Estado y los representantes. El 22 de mayo de 2017 los representantes remitieron el afidávit de una declarante, de acuerdo a la Resolución de 15 de mayo de 2017. Adicionalmente, conforme a las resoluciones de 21 de abril y 15 de mayo de 2017 se convocó a declarar en la audiencia pública a una presunta víctima propuesta por los representantes y a un testigo propuesto por el Estado. La audiencia pública fue celebrada los días 25 y 26 de mayo de 2017 durante el 118 Período Ordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la sede del Tribunal10. 11. Alegatos y observaciones finales escritos.- El 26 de junio de 2017 las partes y la Comisión presentaron sus alegatos y observaciones finales escritos, respectivamente. Los representantes junto con los alegatos finales escritos anexaron varios documentos. Además, los representantes y el Estado indicaron varios documentos accesibles mediante vínculos de internet. El 3 de agosto de 2017 la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Presidente, concedió a las partes y a la Comisión un plazo hasta el 14 de agosto de 2017 para que presentaran sus observaciones a dichos anexos, las cuales fueron presentadas por el Estado y los representantes el día indicado y la Comisión informó que no tenía observaciones. 12. Prueba para mejor resolver.– Los días 7 y 22 de febrero de 2018 se solicitó al Estado y a los representantes, de conformidad con el artículo 58.b) del Reglamento, determinados documentos como prueba para mejor resolver, los cuales fueron presentados los días 15 de febrero y 1 y 7 de marzo de 2018. El 20 de marzo de 2018 se solicitó a las partes y a la Comisión sus observaciones respecto a dichos documentos, las cuales fueron presentadas los días 2 y 3 de abril de 201811. 13. Deliberación del presente caso.- La Corte inició la deliberación de la presente Sentencia el 21 de noviembre de 2018. Cfr. Caso Omeara Carrascal y otros. Resolución del Presidente de la Corte de 21 de abril de 2017. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/omeara_21_04_17.pdf. El 25 de abril de 2017 el Estado presentó un recurso de reconsideración contra dicha Resolución. Dicho recurso fue desestimado mediante Resolución de la Corte de 15 de mayo de 2017 y la Corte ratificó la Resolución del Presidente de 21 de abril de 2017. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/omeara_15_05_17.pdf. Además, en la última Resolución dictada se modificó la modalidad de la declaración de una declarante para que presentara su declaración mediante afidávit, en razón de la solicitud de los representantes, ya que por razones de salud no le era posible asistir, por lo que compareció solo una presunta víctima ante la Corte. 9 De acuerdo a una prórroga solicitada por la Comisión, el 25 de abril de 2017 se concedió a las partes y a la Comisión un plazo improrrogable hasta el 19 de mayo de 2017 para remitir los afidávits. 10 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Silvia Serrano Guzmán y Selene Soto Rodríguez, abogadas de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión; b) por los representantes: Gustavo Gallón Giraldo, Fredy Alejandro Malambo Ospina y Carolina Solano Gutiérrez de la CCJ, y Viviana Krsticevic de CEJIL, y c) por el Estado: Ángela María Ramírez Rincón, agente del Estado; y Ana Milena González Román y María del Pilar Gutiérrez Perilla, asesoras. 11 Los representantes presentaron sus observaciones el 9 abril de 2018, debido a que por error material, en el escrito presentado el 3 de abril presentaron un escrito de otro caso. 8

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