5 POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y con los artículos 4, 15, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 48, 49, 50 a 56, 58 y 60 del Reglamento de la Corte, RESUELVE: 1. Convocar al Estado de Nicaragua, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas en el presente caso, que se celebrará de forma presencial, durante el 155° Período Ordinario de Sesiones, en San José, Costa Rica, el día 2 de febrero de 2022, a partir de las 09:00 horas, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, así como las declaraciones orales de las siguientes personas: A) Presunta víctima (mediante videoconferencia) (Propuesta por los representantes) 1) Dolene Patricia Miller Bacon lideresa de la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields, quien declarará sobre el proceso de titulación del territorio tradicional de su Comunidad y sus resultados, incluyendo la forma en que ella habría sido privada de ejercer el cargo de Representante Étnica del Pueblo Creole ante la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación (CONADETI), y cómo ello habría incidido en el proceso de titulación aludido. Podrá referirse a las eventuales medidas de reparación de las violaciones a derechos humanos que habría sufrido que, en su caso, consideraría adecuadas. B) Presuntas víctimas (en forma presencial) (Propuestas por los representantes) 2) Rupert Allen Clair Duncan, Vocal del Gobierno Comunal de la Comunidad kriol de Monkey Point, quien prestará declaración sobre las actuaciones que derivaron en la firma del “Convenio de Consentimiento Previo, Libre e Informado para la Implementación del Proyecto de Desarrollo del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua”, incluyendo, de ser el caso, actos de consulta. Se referirá también a las actuaciones del Consejo Regional Autónomo de la Costa Caribe Sur (CRACCS) relacionadas a la certificación de las autoridades de autoridades de la Comunidad kriol de Monkey Point y a actos de hostigamiento y persecución que se habrían presentado como consecuencia de actividades de defensa del territorio comunitario. Podrá referirse a las eventuales medidas de reparación de las violaciones a derechos humanos que habría sufrido que, en su caso, consideraría adecuadas. 3) Becky Jefferraine Mccray Urbina, miembro de la Comunidad de Rama Cay y asesora legal del Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR- K), quien prestará declaración sobre los obstáculos que habrían existido, respecto al saneamiento en el Territorio Rama y Kriol, para evitar el asentamiento de colonos en el territorio, así como sobre el hostigamiento y persecución que habría recibido y

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