RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 14 DE MARZO DE 2024 CASO BARAONA BRAY VS. CHILE SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 24 de noviembre de 2022 1. 2. Los informes presentados por la República de Chile (en adelante “el Estado” o “Chile”) el 28 y el 31 de agosto de 2023 2. 3. La nota de la Secretaría de la Corte de 30 de agosto de 2023, mediante la cual se otorgaron plazos a los representantes de la víctima 3 (en adelante “los representantes”) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) para que presentaran observaciones a lo informado por el Estado, así como la nota de la Secretaría de 19 de octubre de 2023, mediante la cual se recordó a los representantes de la víctima el vencimiento del plazo para presentar dichas observaciones. 4. El escrito de observaciones presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 13 de febrero de 2024. Los representantes de la víctima no remitieron observaciones. * La Jueza Patricia Pérez Goldberg, de nacionalidad chilena, no participó en la deliberación y firma de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Baraona Bray Vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2022. Serie C No. 481. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_481_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 28 de febrero de 2023. 2 Los informes presentados por Chile el 28 y 31 de agosto de 2023 se referían al cumplimiento de las reparaciones ordenadas en los puntos resolutivos séptimo, octavo y décimo primero de la Sentencia. Respecto de las restantes reparaciones, en su informe de 28 de agosto de 2023, el Estado señaló que constituyó una Mesa Interinstitucional “abocada a evaluar los cursos de acción que sean pertinentes para el cumplimiento de la sentencia”. Asimismo, informó que el 25 de mayo de 2023 el Ministerio de Relaciones Exteriores realizó “una reunión bilateral con los representantes y la víctima del caso” y, posteriormente, “se han intercambiado comunicaciones con la víctima del caso para coordinar acciones de cumplimiento”. 3 Los representantes son los señores Cristian Gustavo Riego y Cristián Sanhueza Cubillos. -1-

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