RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 14 DE MARZO DE 2024
CASO BARAONA BRAY VS. CHILE
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante
“la Sentencia” o “el Fallo”) emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 24 de noviembre de 2022 1.
2.
Los informes presentados por la República de Chile (en adelante “el Estado” o “Chile”)
el 28 y el 31 de agosto de 2023 2.
3.
La nota de la Secretaría de la Corte de 30 de agosto de 2023, mediante la cual se
otorgaron plazos a los representantes de la víctima 3 (en adelante “los representantes”) y la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o
“la Comisión”) para que presentaran observaciones a lo informado por el Estado, así como la
nota de la Secretaría de 19 de octubre de 2023, mediante la cual se recordó a los
representantes de la víctima el vencimiento del plazo para presentar dichas observaciones.
4.
El escrito de observaciones presentado por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos el 13 de febrero de 2024. Los representantes de la víctima no remitieron
observaciones.
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La Jueza Patricia Pérez Goldberg, de nacionalidad chilena, no participó en la deliberación y firma de la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Caso Baraona Bray Vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24
de noviembre de 2022. Serie C No. 481. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en:
https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_481_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 28 de febrero de
2023.
2
Los informes presentados por Chile el 28 y 31 de agosto de 2023 se referían al cumplimiento de las
reparaciones ordenadas en los puntos resolutivos séptimo, octavo y décimo primero de la Sentencia. Respecto de las
restantes reparaciones, en su informe de 28 de agosto de 2023, el Estado señaló que constituyó una Mesa
Interinstitucional “abocada a evaluar los cursos de acción que sean pertinentes para el cumplimiento de la sentencia”.
Asimismo, informó que el 25 de mayo de 2023 el Ministerio de Relaciones Exteriores realizó “una reunión bilateral
con los representantes y la víctima del caso” y, posteriormente, “se han intercambiado comunicaciones con la víctima
del caso para coordinar acciones de cumplimiento”.
3
Los representantes son los señores Cristian Gustavo Riego y Cristián Sanhueza Cubillos.
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