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6. Alberto Bovino, experto en derecho penal, derecho procesal penal y derechos
humanos, quien rendirá dictamen sobre: i) los estándares mínimos que deben
respetarse en la investigación de graves violaciones de derechos humanos como las
que presuntamente se dieron en el presente caso; ii) las actuaciones desplegadas
por el Estado durante la investigación penal sobre los hechos del presente caso,
tanto a la luz del derecho penal y procesal penal de Guatemala como de los
estándares internacionales aplicables, y iii) las medidas que deben ser adoptadas
para corregir los procedimientos y prácticas de la investigación penal en Guatemala
para combatir la presunta impunidad de los crímenes cometidos en contra de las
mujeres.
B) Presuntas víctimas
Ofrecidas por los representantes
1. Elsa Claudina Paiz Vidal de Velásquez y Pablo Andrés Velásquez, madre y
hermano, respectivamente, de Claudina Isabel Velásquez Paiz y quienes declararán
de manera individual sobre: i) Claudina Velásquez, su vida familiar, así como las
circunstancias que rodearon su presunta desaparición y posterior asesinato; ii) las
gestiones presuntamente realizadas, la actitud y respuesta de las autoridades ante la
denuncia de la desaparición de Claudina Isabel Velásquez, así como la conducción de
la investigación penal; iii) los hechos que rodearon el presunto asesinato de Claudina
Velásquez, los supuestos obstáculos y la presunta denegación de justicia, la presunta
falta de acceso a la información, así como la supuesta negligencia de las autoridades
en las distintas etapas del proceso, y iv) la forma en que todos estos hechos les
habrían afectado y afectado a su familia.
C) Testigos
Ofrecida por los representantes
1. Andrea Cristina Utrera Martínez, abogada y notaria, compañera de estudios de
Claudina Velásquez, quien declarará sobre: la persona de Claudina Isabel Velásquez
Paiz, su presunta condición de estudiante y sus presuntas aspiraciones profesionales.
Ofrecido por el Estado
2. Víctor Manuel Borror de la Rosa, Agente Fiscal, quien declarará sobre: i) las
diversas diligencias y actuaciones de investigación llevadas a cabo dentro del
expediente de investigación relacionado a la muerte de la presunta víctima, haciendo
énfasis de las diligencias realizadas en el año 2014, y ii) las distintas hipótesis
planteadas por dicho órgano investigador para esclarecer el presente caso.
2.
Requerir al Estado que remita, en el plazo improrrogable que vence el 26 de marzo
de 2015, las piezas del expediente que contienen las actuaciones procesales realizadas
desde el mes de mayo de 2012 hasta la fecha. Si vencido este plazo el Estado no ha
remitido la información solicitada, se entenderá que el objeto del testimonio del señor Víctor
Manuel Borror establecido en el punto resolutivo anterior se limitará a las actuaciones