representa la acumulación de 15 nuevas peticiones más las tres que ya se encontraban en trámite a esa fecha (Oscar Raúl Gorigoitia; Pablo Rafael Galván; y Carlos Roldán y Oscar Franco). La Comisión indicó al Estado que la acumulación se llevaba a cabo con base en el artículo 29.1.d. de su Reglamento, puesto que esas peticiones plantean cuestiones comunes relativas a la aplicación del artículo 8.2.h. de la Convención Americana. La Comisión otorgó al Estado un plazo de dos meses para que presentara sus observaciones. Las peticiones relativas al señor Marcelo Darío Posadas, Leandro Héctor Parpaglione, y Christian Walter Mutuverria fueron acumuladas el 2 de abril de 2004. 11. En nota del 15 de julio de 2005, el Estado manifestó a la Comisión su disposición de iniciar un diálogo con los peticionarios tendiente a la búsqueda de una solución amistosa sobre la base de una reforma normativa. En comunicación del día 19 del mismo mes, la Comisión trasladó la propuesta del Estado a todos los peticionarios. 12. Habiendo los peticionarios aceptado la propuesta del Estado de iniciar un proceso de solución amistosa, la Comisión realizó una audiencia dentro del 128° periodo de sesiones, a la cual acudieron tanto el Estado como varios peticionarios y/o sus representantes. En dicha audiencia, realizada el 18 de julio de 2007, el Estado manifestó nuevamente su voluntad de iniciar un proceso de solución amistosa, por lo que, en esa ocasión, se delinearon los puntos que conformarían un eventual acuerdo de solución amistosa. 13. Con posterioridad a dicha reunión, algunos peticionarios presentaron escritos directamente al Estado, con copia a la Comisión, en los que presentaron sus pretensiones respecto de la finalidad de la solución amistosa; especialmente las reparatorias. 14. El 6 de septiembre de 2007, durante el 129° periodo -extraordinario- de sesiones, celebrado en Asunción, Paraguay y el 11 de octubre de 2007, en el marco del 130° periodo de sesiones, se realizaron reuniones de trabajo entre el Estado y algunos peticionarios tendientes a avanzar con miras a una solución amistosa del asunto. 15. La información adicional presentada por los peticionarios en julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre de 2007; así como enero de 2008, fue trasladada al Estado mediante comunicación del 5 de febrero de 2008, en la que, la CIDH le solicitó información y, que de ser posible, enviara un cronograma de trabajo para ese año. 16. El 11 de marzo de 2008 se realizó otra reunión de trabajo entre las partes, en el marco del 131° periodo de sesiones. 17. Los peticionarios presentaron información adicional los días 25 y 26 de marzo; 18 de abril; 8, 13 y 27 de mayo; 12, 16,17 y 19 de junio; 14 de julio; y 21 y 27 de agosto de 2008, de la cual se dio traslado al Estado mediante comunicación del 15 de septiembre de 2008. 18. El 24 de octubre de 2008 se llevó a cabo otra reunión de trabajo, durante el 133° periodo ordinario de sesiones de la Comisión en la que los peticionarios manifestaron su inconformidad con la falta de acciones por parte del Estado para el avance del proceso de solución amistosa. Por su parte, el Estado manifestó que ya se habría hecho el análisis del mérito jurídico de cada petición, lo cual presentarían a la Comisión en el plazo de 30 días. El 5 de diciembre de 2008, la Comisión remitió una nota al Estado solicitándole enviara, a la brevedad, la información comprometida.

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