de la prescripción a hechos como los del presente caso, tomando en cuenta su carácter de graves
violaciones de derechos humanos al igual que el contexto en que tuvieron lugar. Además, la Corte
podrá pronunciarse sobre el deber de investigar actos de tortura y violencia sexual por parte de
agentes policiales contra mujeres y, particularmente, niñas. Sobre este último punto, la Corte también
podrá pronunciarse sobre la aplicación de la figura de prescripción a actos de violencia sexual
calificados como tortura.
En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público
interamericano, de conformidad con el artículo 35.1 f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la
Comisión se permite ofrecer las siguientes declaraciones periciales:
Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares
internacionales relativos al deber de investigar supuestos de uso letal de la fuerza por parte de
agentes policiales en el contexto de operativos o redadas. Específicamente, el/la perito/a se referirá a
los estándares relevantes para analizar las múltiples formas de estigmatización que pueden operar en
estas investigaciones, en particular, la estigmatización como “delincuentes” de las víctimas fallecidas
y la manera en que tales estigmas impactan en el desarrollo y perspectivas de efectividad de las
investigaciones. Asimismo, el/la perito/a hará referencia a la invocación de la figura de prescripción
frente a supuestos de ejecuciones extrajudiciales en contextos como los del caso.
Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares
internacionales relativos al deber de investigar supuestos de violencia sexual y tortura contra las
mujeres por parte de agentes estatales. El/la perito/a hará especial referencia a los estándares
relevantes a tomar en cuenta cuando las víctimas son niñas. Asimismo, el/la perito/a se referirá a la
aplicación de la figura de prescripción a actos de violencia sexual calificados como tortura.
El CV de los/las peritos/as ofrecidos/as serán incluido en los anexos al informe de fondo
141/11.
La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes
actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso:
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
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Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Firmado en el original
Elizabeth Abi-Mershed
Secretaria Ejecutiva Adjunta
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