de la prescripción a hechos como los del presente caso, tomando en cuenta su carácter de graves violaciones de derechos humanos al igual que el contexto en que tuvieron lugar. Además, la Corte podrá pronunciarse sobre el deber de investigar actos de tortura y violencia sexual por parte de agentes policiales contra mujeres y, particularmente, niñas. Sobre este último punto, la Corte también podrá pronunciarse sobre la aplicación de la figura de prescripción a actos de violencia sexual calificados como tortura. En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público interamericano, de conformidad con el artículo 35.1 f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión se permite ofrecer las siguientes declaraciones periciales: Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares internacionales relativos al deber de investigar supuestos de uso letal de la fuerza por parte de agentes policiales en el contexto de operativos o redadas. Específicamente, el/la perito/a se referirá a los estándares relevantes para analizar las múltiples formas de estigmatización que pueden operar en estas investigaciones, en particular, la estigmatización como “delincuentes” de las víctimas fallecidas y la manera en que tales estigmas impactan en el desarrollo y perspectivas de efectividad de las investigaciones. Asimismo, el/la perito/a hará referencia a la invocación de la figura de prescripción frente a supuestos de ejecuciones extrajudiciales en contextos como los del caso. Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre los estándares internacionales relativos al deber de investigar supuestos de violencia sexual y tortura contra las mujeres por parte de agentes estatales. El/la perito/a hará especial referencia a los estándares relevantes a tomar en cuenta cuando las víctimas son niñas. Asimismo, el/la perito/a se referirá a la aplicación de la figura de prescripción a actos de violencia sexual calificados como tortura. El CV de los/las peritos/as ofrecidos/as serán incluido en los anexos al informe de fondo 141/11. La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso: Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Firmado en el original Elizabeth Abi-Mershed Secretaria Ejecutiva Adjunta 5

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