-3-
Con respecto a las condiciones de detención de los beneficiarios, sus representantes
señalaron que “su régimen actual de encarcelamiento es sumamente severo con
graves restricciones a sus derechos fundamentales”. En particular:
a)
el señor Ruiz Almengor “cuenta con un espacio físico de un metro por
tres metros”, no posee cama, no tiene servicio sanitario dentro de su celda, y
sólo tiene acceso a los existentes fuera de ella durante horas del día,
“tampoco ha tenido acceso a una fuente de trabajo y de educación”. Es “nulo”
el espacio que tiene para recreación y esparcimiento; no es sacado a tomar
sol “a ninguna hora y ningún día de la semana [, y tiene] un régimen de
encierro de veinticuatro horas continuas”;
b)
el señor Rodríguez Lara “no puede salir del módulo en [el] que se
encuentra, […] permanece recluid[o] las veinticuatro horas del día[, y n]o
cuenta con ninguna actividad laboral, educativa o recreativa”, y
c)
ninguno de los dos recibe luz solar directa en el día, “[l]a ventilación
de [sus] celdas es inadecuada y el hacinamiento es permanente”.
Con sustento en lo anterior, los representantes solicitaron a la Corte que, inter alia,
ordene al Estado que “adopte las medidas necesarias para que los beneficiarios sean
sometidos a condiciones de detención dignas y conforme a los estándares
internacionales”, y se les “permita el ingreso [de] elementos audiovisuales con el fin
de enviar elementos que prueben la situación actual de detención de los
beneficiarios”.
7.
El escrito del Estado de 30 de noviembre de 2006, mediante el cual señaló,
inter alia, que:
a)
la Corte Suprema de Justicia dictó resolución el 15 de febrero de 2005
decretando “la suspensión provisional de la ejecución de las penas de muerte”
emitidas en contra de los beneficiarios;
b)
el 5 de octubre de 2006 se adoptó la “Ley del Régimen Penitenciario” y
el 28 de noviembre de 2006 se creó el “Reglamento Interno de las Granjas
Modelo de Rehabilitación y Cumplimiento de Condenas a Cargo de la Dirección
General del Sistema Penitenciario”, con el objeto de mejorar las condiciones
carcelarias;
c)
el señor Rodríguez Lara ha sufrido enfermedades comunes, como
fiebre y gripe, y padeció “de los nervios”. Fue atendido por “el enfermero de
turno del centro” y recibió tratamiento. “[T]iene una buena relación con los
compañeros del sector, así como las autoridades del centro”;
d)
el señor Ruiz Almengor está “bien de salud[,] solamente padece de
problemas de nervios y achaques leves por el encierro. Se encuentra ubicado
en un cuarto de aislamiento aproximadamente de uno punto cinco metros de
ancho por dos metros de largo, en el sector once y […] cuenta con un patio
pequeño. Durante el día se mantiene en ese patio y por la noche permanece
en el cuarto de aislamiento”, y
e)
“no se opone a que continúen” las medidas provisionales decretadas a
favor de los beneficiarios.
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