el PCB”144. Pedro Antonio Mira Granciere declaró que fue la única persona que interrogó a Herzog. Afirmó que el periodista no sufrió “ningún mal trato, o alguna coacción física o moral” durante el tiempo en que estuvo en el DOI145. Señaló que no tenía “conocimiento de ningún hecho que le permita concluir que la muerte de VLADIMIR HERZOG [no] ocurrió […] por suicidio voluntario por medio de ahorcamiento”146. 96. Años después los periodistas Luiz Weis, Anthony Jorge Andrade de Christo, y Paulo Sérgio Markun, quienes también fueron detenidos en el DOI/CODI/SP del II Ejército, declararon que se sintieron coaccionados e intimidados por las autoridades militares, cuando rindieron testimonio147. Asimismo, Clarice Herzog, declaró, entre otras cosas, que tuvo conocimiento que Herzog fue torturado, pero que se negó “a decir los nombres de las personas que le relataron estos hechos, por miedo de que esas personas pudiesen perder la vida”148. Por su parte, Zora Herzog, madre del periodista, afirmó que sus declaraciones escritas habían sido manipuladas149. 97. El 9 de diciembre de 1975, el acta de defunción de Vladimir Herzog fue emitida. En ella se hizo constar como causa de muerte “[a]sfixia mecánica por ahorcamiento”150. 98. El 16 de diciembre de 1975, el General Fernando Cerqueira encargado de la investigación policial militar emitió informe en el que concluyó que la muerte de Herzog había ocurrido por “[s]uicidio voluntario por ahorcamiento”151. En diciembre de 1975, el Comandante del II Ejercito determinó el archivo de la investigación152. 99. El 23 de enero de 1976, Clarice Herzog presentó una declaración extrajudicial del periodista Rodolfo Osvaldo Kondor, de fecha 7 de noviembre de 1975, y solicitó que esta fuera adjuntada a la investigación153. En dicha declaración, el señor Konder declaró, entre otras cosas, sobre las torturas que había sufrido en el DOI/CODI/SP, los contactos que había tenido con Vladimir Herzog en el DOI/CODI/SP por orden de Mira Granciere, que había escuchado sus gritos, así como las órdenes del “interrogador” de solicitar la “Picana” [Pimentinha], un equipo utilizado para torturar a los detenidos con descargas eléctricas154. 144 Anexo 20. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 537, Declaración de Audir Santos Maciel en el Inquérito Policial Militar, del 5 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 145 Anexo 25. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 567/569, Declaración de Pedro Grancieri en el Inquérito Policial Militar, del 21 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 146 Anexo 25. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 569, Declaración de Pedro Grancieri en el Inquérito Policial Militar, del 21 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 147 Anexo 42. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 445 y Volume 5, fls. 918-verso, Declaración de Anthony Christo, en el Inquérito Policial No. 704/92. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014; Anexo 17. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 448 y Volume 5, fls. 921-verso, Declaración de Paulo Sergio Markun en el Inquérito Policial No. 704/92, del 30 de junio de 1992. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014; Anexo 44. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 5, fls. 916-verso, Declaración de Luis Weis en el Inquérito Policial No. 704/92, del 3 de junio de 1992. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 148 Anexo 18. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 578, Declaración de Clarice Herzog en el Inquérito Policial Militar, del 27 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 149 Anexo 45. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 575, Declaración de Zora Herzog en el Inquérito Policial Militar, del 5 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 150 Anexo 46. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 3, fls. 629, Certidão de óbito de Vladimir Herzog, del 9 de diciembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 151 Anexo 47. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 1, fls. 163 Relatório do Inquérito Policial Militar, del 16 de diciembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 152 Anexo 48. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 1, fls. 133, Solução do Quartel General do II Exército, del 17 de diciembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 153 Anexo 49. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 4, fls. 652, Requerimento de Clarice Herzog, del 23 de enero de 1976. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 154 Anexo 24. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 278-279, Declarações a termo de Rodolfo Osvaldo Konder, del 7 de noviembre de 1975. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014. 23

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