107.
El periodista Duque Estrada afirmó que “[V]ladimir Herzog habló con un investigador que
tenía un tatuaje en el brazo en forma de ancla, quien llamó el testigo y a Rodolfo Oswaldo Konder para la
identificación de [V]ladimir Herzog; que [V]ladimir Herzog estaba vestido con un traje de una pieza del
Ejército Brasileño y la capucha negra en la cabeza; que el cuerpo de Vladimir no tenía ningún cinturón; [...]
que el declarante y Rodolfo Oswaldo Konder fueron retirados de la sala y fueron colocados en dos sillas en
frente a la puerta de acceso a la sala del primer piso; que donde estaba el declarante podía escuchar los gritos
que el declarante atribuye a los investigadores y a [V]ladimir Herzog"178. Adicionalmente, el señor Duque
Estrada señaló que a su salida “comenzó el interrogatorio de [V]ladimir Herzog [...] las puertas estaban
abiertas [...] y habían muchos gritos en el interior”179.
108.
El 24 de mayo de 1978 el Comandante del II Ejército contestó el oficio del Juez Federal en el
que reiteraba la convocatoria como testigos a los miembros del Ejército, Pedro Antonio Mira Grancieri y
“Capitão Ubirajara”. En su respuesta, el Comandante informó que tomó “[p]rovidencias para la interrupción
del servicio a cargo del Sr. PEDRO ANTONIO MIRA GRANCIERI en la área de MATO GROSS[O]”180; no obstante,
señaló que “[p]or la autonomía del trabajo de que es encargado, es totalmente imposible localizarlo en el
momento, lo que me impide de presentarlo”181. Respecto del “Capitão Ubirajara”, informó que había ordenado
“[l]a recopilación de datos” que permitan su identificación182. El 26 de mayo de 1978, la parte accionante
desistió de la solicitud a llamar a declarar a Pedro Antonio Mira Grancieri y el “Capitão Ubirajara”. Indicaron
que el Oficio presentado por el II Ejército evidenciaba “[l]a intención de ocultar los verdaderos responsables
por la muerte de Vladimir Herzo[g]183”.
109.
El 15 de junio de 1978, la Unión Federal presentó su “Memorial”, solicitando que la Acción
Declaratoria fuera juzgada “[i]mprocedente, […] ya que el suicidio de la supuesta víctima no induce a ninguna
acción u omisión de las autoridades, capaz de caracterizar la responsabilidad de la Persona Jurídica de
Derecho Público”184. Por su parte, el representante “ad hoc” del Ministerio Público presentó su “Memorial”,
mediante el cual opinó a favor de la procedencia [opinando pela procedencia] de la Acción Declaratoria185.
Posteriormente, la Unión Federal interpuso un “Mandado de Segurança” ante el Tribunal Federal de Recursos,
a fin de que se suspendiera la “lectura y publicación” de la sentencia en el expediente. El 21 de septiembre de
1978, el Pleno del Tribunal Federal de Recursos decidió no admitir el “mandamus”186.
178 Anexo 22. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 434, Declaración de George Duque
Estrada en la Ação Declaratória No. 136/76, del 16 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de
2014.
179 Anexo 22. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 2, fls. 434/435, Declaración de George
Duque Estrada en la Ação Declaratória No. 136/76, del 16 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de
diciembre de 2014.
180 Anexo 61. Proceso No. 2008.61.81.013434-2, Justiça Federal – São Paulo, Volume 3, fls. 460, Oficio en la Ação Declaratória
No. 136/76, del Comandante del II Ejército, del 24 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de
2014.
181 Anexo 61. Proceso No. 2008.61.81.013434-2, Justiça Federal – São Paulo, Volume 3, fls. 460, Oficio en la Ação Declaratória
No. 136/76, del Comandante del II Ejército, del 24 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de
2014.
182 Anexo 61. Proceso No. 2008.61.81.013434-2, Justiça Federal – São Paulo, Volume 3, fls. 460, Oficio en la Ação Declaratória
No. 136/76, del Comandante del II Ejército, del 24 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de
2014.
183 Anexo 62. Proceso No. 2008.61.81.013434-2, Justiça Federal – São Paulo, Volume 3, fls. 464, Prosseguimento da audiência
de instrução e julgamento en la Ação Declaratória No. 136/76, del 26 de mayo de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de
11 de diciembre de 2014.
184 Anexo 63. Proceso No. 2008.61.81.013434-2, Justiça Federal – São Paulo, Volume 3, fls. 472/473, Memorial de la Unión
Federal en la Ação Declaratória No. 136/76, del 15 de junio de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de
2014.
185 Anexo 21. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 5, fls. 1003 – Sentencia proferida en la Ação
Declaratória No. 136/76, del 27 de octubre de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
186 Anexo 21. Proceso No. 2008.61.81.013434-2 Justiça Federal - São Paulo, Volume 5, fls. 1003 – Sentencia proferida en la Ação
Declaratória No. 136/76, del 27 de octubre de 1978. Anexo a la comunicación de los Peticionarios de 11 de diciembre de 2014.
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