2 ante la Corte durante dicha audiencia pública (supra Visto 2), denominada “Acta de Asunción”, mediante la cual manifestaron su conformidad en mantener vigentes las medidas provisionales y acordaron “elevar a la consideración de la […] Corte Interamericana [… un] conjunto de medidas [para] que [el] Tribunal evalúe la posibilidad de especificar el contenido de la Resolución de 22 de noviembre de 2004, a fin de garantizar la vida y la integridad física de los beneficiarios de dicha Resolución”. 4. La Resolución de la Corte de 18 de junio de 2005, mediante la cual se reiteraron las medidas de protección ordenadas por el Tribunal4. 5. La audiencia pública sobre las medidas provisionales de referencia celebrada en Brasilia, Brasil, el 30 de marzo de 2006. 6. La Resolución de la Corte de 30 de marzo de 2006, mediante la cual decidió mantener vigentes las presentes medidas provisionales5. 7. La Resolución dictada por el entonces Presidente de la Corte el 22 de agosto de 2007, mediante la cual, previa consulta con los demás Jueces de la Corte, resolvió desestimar una solicitud de ampliación de las referidas medidas provisionales, presentada por los representantes de los beneficiarios y respaldada por la Comisión Interamericana, y requerir al Estado que mantuviera las medidas ordenadas por la Corte en sus Resoluciones de 22 de noviembre de 2004, 18 de junio de 2005 y 30 de marzo de 2006 6. 8. La comunicación de 28 de agosto de 2007, mediante la cual la Comisión informó, en respuesta a lo solicitado en una nota de la Secretaría de 20 de julio de 2007, que “el caso No. 12.532, Internos de la Penitenciaría de Mendoza, se encuentra en trámite, en etapa de fondo ante [aquélla]”. 9. La Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2007, mediante la cual resolvió: 1. Ratificar en todos sus términos la Resolución del Presidente de la Corte de 22 de agosto de 2007. 2. Requerir al Estado que continuara adoptando las medidas provisionales que sean necesarias para proteger efectivamente la vida e integridad de todas las personas privadas de libertad en la Penitenciaría Provincial de Mendoza y en la unidad Gustavo André, de Lavalle, así como de todas las personas que se encuentren en el interior de éstas, en particular para erradicar los riesgos de muerte violenta y las deficientes condiciones de seguridad y control internos en los reclusorios, según lo dispuesto en la Resolución de la Corte de 30 de marzo de 2006. 4 Asunto de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 18 de junio de 2005. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/penitenciariamendoza_se_02.pdf 5 Asunto de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de marzo de 2006. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/penitenciariamendoza_se_03.pdf 6 Asunto de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de agosto de 2007. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/penitenciariamendoza_se_04.pdf

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