I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA
1.
El caso sometido a la Corte. – El 30 de noviembre de 2017 la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la
jurisdicción de la Corte Interamericana el caso “Hugo Humberto Ruiz Fuentes y Familia” contra la
República de Guatemala (en adelante “el Estado de Guatemala”, “el Estado guatemalteco”, “el
Estado” o “Guatemala”). De acuerdo con lo indicado por la Comisión, el caso se relaciona con una
supuesta serie de violaciones al debido proceso cometidas en el marco del proceso penal contra el
señor Ruiz Fuentes por el delito de secuestro que culminó en su condena a pena de muerte, así como
con las alegadas torturas perpetradas en el momento de la detención y la alegada ejecución
extrajudicial del señor Ruiz Fuentes luego que se fugara de la cárcel en el año 2005. Igualmente, la
Comisión concluyó que el Estado violó el derecho a la vida por imponer la pena de muerte en un
procedimiento que no respetó el debido proceso y porque amplió las conductas castigadas con pena
de muerte de manera contraria al artículo 4.2 de la Convención Americana. La Comisión también
concluyó que el Estado cometió tratos crueles, inhumanos y degradantes en contra de la víctima
porque permaneció por más de 6 años y 5 meses a la espera de que se ejecutara su condena,
configurándose el fenómeno de “corredor de la muerte”. Por otra parte, la Comisión determinó que,
pese a las denuncias presentadas, el Estado Guatemalteco no habría realizado una investigación
sobre las alegadas torturas de las que fue víctima el señor Ruiz Fuentes. Asimismo, concluyó que la
investigación penal por la muerte de la víctima no había sido diligente ni efectiva para esclarecer los
hechos en un plazo razonable.
2.
Trámite ante la Comisión. – El trámite ante la Comisión fue el siguiente:
a) Petición. – El 2 de enero de 2003, los representantes (en adelante “los peticionarios”)
presentaron la petición inicial ante la Comisión.
b) Medidas provisionales. – A solicitud de la Comisión, el 30 de agosto de 2004 la Corte resolvió
requerir al Estado de Guatemala que “adopte, sin dilación, las medidas necesarias para
proteger la vida de Ronald Ernesto Raxcacó Reyes, Hugo Humberto Ruiz Fuentes, Bernardino
Rodríguez Lara y Pablo Arturo Ruiz Almengor a fin de no obstaculizar el trámite de sus casos
ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos” 2. El 8 de noviembre
de 2005 el Estado informó a la Corte que en octubre de 2005 diecinueve reos, entre quienes
se encontraba el señor Ruiz Fuentes, habían escapado de la cárcel de alta seguridad de
Escuintla. El 16 de noviembre de 2005 los peticionarios informaron que el señor Ruiz Fuentes
había sido ejecutado al momento de su captura. En vista de lo anterior el 4 de julio de 2006
la Corte resolvió levantar las medidas provisionales a su favor 3.
c) Informe de admisibilidad. - El 5 de marzo de 2008 la Comisión aprobó el Informe de
Admisibilidad No. 14/07, en el que concluyó que la petición era admisible 4.
d) Informe de Fondo. – El 30 de julio de 2017 la Comisión aprobó el Informe de Fondo No. 94/17,
de conformidad con el artículo 50 de la Convención (en adelante también “el Informe de
2
Cfr. Caso Raxcacó Reyes y otros respecto Guatemala. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 30 de agosto de 2004, punto resolutivo no. 1.
3
Cfr. Caso Raxcacó Reyes y otros respecto Guatemala. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 4 de julio de 2006.
4
El mismo fue notificado a las partes el 24 de marzo de 2008. En dicho informe, la Comisión decidió que la petición era
admisible respecto de la presunta violación de los derechos reconocidos en los artículos 4, 5, 8.1, 11.1 y 25 de la Convención
Americana, todos ellos en conexión con el artículo 1.1 de dicho instrumento y los artículos 1, 6 y 8 de la Convención
Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio de Hugo Humberto Ruiz Fuentes. Cfr. Informe de
Admisibilidad No. 14/07, Caso Hugo Humberto Ruiz Fuentes Vs. Guatemala, de 5 de marzo de 2008 (expediente de prueba,
folios 2269 a 2284).
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