-6- 18. En vista de lo anterior, es necesario que las partes informen al Tribunal las medidas acordadas con relación a este punto a fin de supervisar su debida implementación. * * * 19. Que respecto a la investigación de los hechos que motivaron la adopción de medidas provisionales en el presente asunto, el representante manifestó que la Fiscalía “[n]o ha realizado ningún avance en la investigación, porque la valoración de la Fiscal encargada es que los hechos, en los cuales un comando conjunto del ejército y de paramilitares allanó ilegalmente la residencia de la familia NARANJO e hirió una menor de edad [Luisa María Escudero Jiménez], no constituyen nada diferente a lesiones personales. Tal delito no es de su competencia […]”. Asimismo, informó que posteriormente a la resolución de la Corte Interamericana de 22 de septiembre de 2006 (supra Visto 2), se llevó a cabo una reunión con representantes del Estado en la cual, entre otros, se acordó impulsar la investigación y la reasignación de competencia, no obstante, la investigación no ha avanzado significativamente. 20. Que la Comisión Interamericana señaló que el Estado omite hacer referencia alguna al avance de las investigaciones de los hechos que justifican la vigencia de las presentes medidas provisionales, por lo cual cabe presumir que todavía se encuentra en etapa preliminar. 21. Que el Estado no ha presentado información sobre las investigaciones llevadas a cabo en el marco de estas medidas provisionales, por lo cual es necesario que en el próximo informe estatal acerca de la implementación de las presentes medidas se refiera de manera particular a este punto. * * * 22. Que el representante señaló que el 2 de diciembre de 2007 fue asesinado Javier Augusto Torres Durán, yerno de la señora Mery Naranjo y beneficiario de las presentes medidas provisionales. El asesinato tuvo lugar en la Comuna 13 en el barrio las Independencias II. Según refirió el representante, “[e]n la actualidad la Comuna 13 está viviendo una situación de dominio territorial, en donde los jóvenes al mando de reinsertados, se dedican a cuidar su barrio […] Esta situación se ve reflejada en que los jóvenes de los diferentes barrios, solo pueden estar en el que viven, porque si pasan las ‘fronteras’, fuera de su barrio son asesinados”. El representante afirmó que lo anterior fue precisamente lo que sucedió con Javier Augusto Torres, quien vivía en el barrio de las Independencias III y para poder llegar a la vivienda de su madre debió pasar por las Independencias II, por lo cual fue privado de la vida. Alegó que estos hechos evidencian el peligro en el que se encuentran los líderes de la Comuna 13 y el riesgo inminente de las señoras Mery Naranjo, María del Socorro Mosquera y sus familiares. 23. Que el representante también puso en conocimiento del Tribunal que el 23 enero de 2008 el joven Juan David Naranjo, beneficiario de estas medidas provisionales, fue detenido por la Policía en hechos que son motivo de investigación por parte de la Fiscalía, “[l]os cuales no están relacionados con las actividades de dirigente comunitaria que realiza su

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