2 3 4 Franco (abuela, fallecida ) y Roberto Franco Pérez (abuelo, fallecido ), así como los artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana en relación con el artículo 24 del mismo instrumento y en relación con la obligación que le impone al Estado el artículo 1.1. La CIDH además concluye que no cuenta con elementos de juicio suficientes para encontrar violaciones al derecho a la protección a la honra y la dignidad bajo el artículo 11 en relación con María Isabel Véliz Franco y Rosa Elvira Franco Sandoval. II. TRÁMITE ANTE LA CIDH 5 6. El 21 de octubre de 2006, la CIDH emitió el informe de admisibilidad No. 92/06 . La Comisión transmitió el informe a los peticionarios y al Estado mediante comunicación de fecha 1 de noviembre de 2006, y fijó a ambas partes un plazo de dos meses a fin de que presenten observaciones adicionales sobre el fondo. Asimismo, se puso a disposición de las partes conforme a lo dispuesto por el artículo 48.1.f de la Convención Americana, para llegar a una solución amistosa del asunto. La respuesta del Estado fue recibida el 14 de mayo de 2007 y la respuesta de los peticionarios fue recibida el 14 de enero de 2007. 7. Además, la CIDH recibió información de los peticionarios en las siguientes fechas: 13 diciembre de 2006, 25 de abril de 2007, 19 de junio de 2007, 7 de septiembre de 2007, 26 de octubre 2007, 24 de diciembre de 2007, 31 de mayo de 2008, 20 de agosto de 2008, 2 de enero de 2009, 24 abril de 2009, 4 de junio de 2009, 10 de noviembre de 2009, 10 de septiembre de 2010, 15 de febrero 2011 y 23 de septiembre de 2011. Dichas comunicaciones fueron debidamente trasladadas al Estado. de de de de 8. Por otra parte, la CIDH recibió observaciones del Estado en las siguientes fechas: 25 de julio de 2007, 14 de septiembre de 2007, 14 de noviembre de 2007, 26 de diciembre de 2007, 21 de febrero de 2008, 21 de abril de 2008, 25 de julio de 2008, 9 y 20 de octubre de 2008, 28 de julio de 2009, 24 de agosto de 2009, 12 de febrero de 2010 y 6 de julio de 2010. Dichas comunicaciones fueron debidamente trasladadas a los peticionarios. 9. El 20 de marzo de 2009, durante el 134º período ordinario de sesiones de la CIDH, se realizó una audiencia pública a la que asistieron Claudia Paz en calidad de perito propuesto por los peticionarios, los peticionarios, y el Estado de Guatemala. Medidas cautelares 10. El 16 de noviembre de 2005, la Comisión otorgó medidas cautelares a favor de Rosa Elvira Franco Sandoval, Leonel Enrique Véliz Franco, José Roberto Franco Sandoval y Cruz Elvira Sandoval Polanco, las cuales se encuentran vigentes actualmente. En la solicitud Rosa Elvira Franco Sandoval alegó que los miembros de su familia eran víctimas de hostigamiento, persecución y amenazas constantes y permanentes por parte de personas desconocidas que se encontraban armadas. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. Posición de los Peticionarios 11. Los peticionarios informan que María Isabel Véliz Franco, estudiante, de 15 años de edad, desapareció el 17 de diciembre de 2001. Aducen que en esa misma fecha, su madre, Rosa Elvira Franco Sandoval de Véliz denunció ante la Policía Nacional Civil (en adelante PNC) su desaparición, y su cuerpo fue encontrado el día siguiente. 3 Según los peticionarios, la Sra. Cruz Elvira Sandoval Polanco de Franco falleció en abril de 2011. 4 Según los peticionarios, el Sr. Roberto Franco Pérez falleció en el 2004. 5 Véase párr. 2.

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