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dependencias del Ministerio Público sobre el procesamiento de los restos recuperados se
encuentra desagregada y presenta serias inconsistencias. No obstante, del acervo
probatorio es posible concluir que el 30 de septiembre de 2010 fueron muestreados seis
familiares, obteniéndose los perfiles genéticos completos de los señores Zenón Cirilo
Osnayo Tunque, Zósimo Hilario Quispe, Marino Huamaní Vergara, Abilio Hilario Quispe,
Gregorio Hilario Quispe y Víctor Carhuapoma de la Cruz159. Además, se llevó a cabo la
toma de muestras de los restos óseos recuperados, obteniéndose 4 perfiles genéticos
completos, los cuales se emplearon para el cotejo de las seis muestras de los familiares;
sin embargo y según consta en el informe del Ministerio Público de 24 de octubre de 2012,
ninguno de ellos hizo cruce160. Posteriormente, el 21 de enero de 2015 se obtuvo también
el perfil completo del señor Marcelo Hilario Quispe 161. Finalmente, si bien a partir del 22 de
enero de 2015 se inició el re-análisis de las muestras del caso, aún se mantiene la
incertidumbre sobre su correspondencia con las víctimas de este caso162, ninguna de las
cuales ha sido identificada.
G. Los alegados mecanismos de encubrimiento, falta de debida diligencia e
irregularidades en la captura de los procesados ausentes y los procedimientos
forenses
145. Una parte fundamental de los hechos del presente caso se refiere a las alegaciones,
por parte de la Comisión y de los representantes, respecto a que, desde el inicio de la
ejecución de las alegadas desapariciones forzadas, se activaron una serie de mecanismos
de encubrimiento que tuvieron un claro carácter deliberado y que incluyen, por lo menos:
la negación de las detenciones; el uso de dinamita en múltiples oportunidades y durante
los primeros diez días de ocurridos los hechos en la mina abandonada llamada “Misteriosa”
o “Vallarón” como un mecanismo para destruir las evidencias de lo ocurrido, desaparecer
de manera definitiva los restos de las víctimas y con ello evitar revelar su suerte;
hostigamientos y detenciones de comuneros que denunciaron los hechos, y amenazas a
operadores judiciales. Asimismo, alegaron la falta de debida diligencia e irregularidades en
la captura de los procesados ausentes, así como en los procedimientos forenses, siendo
que esta última situación ha impedido la identificación de los restos óseos recuperados y
su entrega a los familiares, sin que al día de hoy se conozca con exactitud, a través de
medios que ofrezcan certeza a los familiares, el destino y paradero final de las víctimas
desaparecidas. La determinación de si esos hechos han resultado probados y su eventual
consecuencia jurídica se hará en el capítulo IX de esta Sentencia.
para ser sometidos a análisis biomoleculares a nivel genético (ADN)”. En específico, en el Informe Antropológico
Forense se indicó que del análisis realizado hasta ese momento, “en ningún caso es probable la presunta positiva
identificación”, según lo sustentaba “[e]l uso y la aplicación de métodos y técnicas propias de la antropología y
odontología forense” y, por tanto, se sugirió el “análisis biomoleculares a nivel genético (ADN)”. Cfr. Informe
Pericial del Laboratorio de Investigaciones Forenses No. 018 de diligencias de 18 y 19 de abril de 2010
(expediente de prueba, folios 4340 y 4352); Informe Antropológico Forense, Caso Mina “Misteriosa” o “Vallarón”,
2010 (expediente de prueba, folios 4256 a 4307), e Informe Pericial Odontológico sobre las piezas dentarias
recuperadas en la mina “Misteriosa” o “Vallarón”, 2010 (expediente de prueba, folios 4308 a 4323).
159
Cfr. Oficio de la Subgerencia de Criminalística del Instituto de Medicina Legal, Ministerio Público, de 20
de marzo de 2014 (expediente de prueba, folios 4624 y 4625); Resultados correspondientes al caso Mina
Misteriosa, prueba de ADN, Ministerio Público de 24 de octubre de 2014 (expediente de prueba, folios 5582 a
5596), y Memorándum de 28 de mayo de 2013 del Laboratorio de Biología Molecular y Genética del Ministerio
Público (expediente de prueba, folios 5599 y 5600).
160
Cfr. Resultados correspondientes al caso Mina Misteriosa, prueba de ADN, Ministerio Público de 24 de
octubre de 2012 (expediente de prueba, folios 5582 a 5596).
161
Cfr. Oficio del Laboratorio de Biología Molecular y de Genética del Instituto de Medicina Legal de 19 de
febrero de 2015 (expediente de prueba, folios 5513 y 5514).
162
Cfr. Oficio del Laboratorio de Biología Molecular y de Genética del Instituto de Medicina Legal de 19 de
febrero de 2015 (expediente de prueba, folios 5510 y 5515).
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