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hasta casi ahogarse, lo tuvieron amarrado de pies y manos y colgado de manera que
sólo el estómago tocaba el suelo. Declaró asimismo que, posteriormente, en un lugar
donde estuvo detenido cercano a Tegucigalpa, le pusieron la capucha (es un método
mediante el cual se le coloca a la persona en la cabeza un forro fabricado con una
cámara de neumático de automóvil, lo que impide la respiración por la boca y la nariz)
hasta casi asfixiarse y le dieron choques eléctricos. Afirmó que estuvo preso en manos
de militares porque cuando le quitaron la venda para tomarle unas fotografías, vio a
un oficial del ejército hondureño y, en una oportunidad cuando lo sacaron a bañarse,
vio las instalaciones de un cuartel. Además, se escuchaba una trompeta, se oían
voces de mando y sonaba un cañón (testimonio de José Gonzalo Flores Trejo).
88.
El Gobierno arguyó que todo lo declarado por el testigo, de nacionalidad
salvadoreña, era increíble porque pretendía hacer creer al Tribunal que sus encuentros
con Inés Consuelo Murillo eran coincidencias y agregó que los dos andaban en
actividades ilícitas.
89.
Virgilio Carías, quien era Presidente del Partido Socialista de Honduras, relató
que fue secuestrado el 12 de septiembre de 1981, en pleno día, cuando su automóvil
fue rodeado por 12 o 13 personas que portaban pistolas, carabinas y fusiles
automáticos.
Declaró que fue llevado a una cárcel clandestina, amenazado y
golpeado, y que durante cuatro o cinco días estuvo sin comer, sin tomar agua y sin
poder ir al servicio sanitario. Al décimo día de estar detenido lo inyectaron en un
brazo y lo echaron amarrado en la parte de atrás de una camioneta. Posteriormente
fue colocado atravesado en el lomo de una mula, la que fue puesta a caminar por la
montaña, cerca de la frontera entre Honduras y Nicaragua, zona donde recuperó su
libertad (testimonio de Virgilio Carías).
90.
El Gobierno señaló que este testigo reconoció expresamente que su conducta es
de oposición al Gobierno de Honduras y que sus respuestas fueron imprecisas o
evasivas. Como el testigo dijo no poder identificar a sus captores, considera que su
testimonio es de oídas y carece de valor como prueba, ya que los hechos no han sido
percibidos por sus propios sentidos y sólo los conoce por dichos de otras personas.
91.
Un abogado, que dijo defender a presos políticos, testificó que fue detenido sin
ninguna formalidad legal en el año 1982, por los órganos de seguridad de Honduras.
Estuvo diez días en poder de ellos en una cárcel clandestina, sin que se le formularan
cargos, sometido a golpes y a torturas, hasta que se le remitió a los tribunales
(testimonio de Milton Jiménez Puerto).
92.
El Gobierno afirmó que el testigo fue procesado por los delitos de atentar contra
la seguridad de Honduras y tenencia de armas nacionales (privativas de las Fuerzas
Armadas) y por eso tiene interés directo de perjudicar con su testimonio a Honduras.
93.
Otro abogado, que también dijo defender detenidos por razones políticas y se
refirió al derecho hondureño, relató que fue apresado, en pleno día, el 1° de junio de
1982 por miembros del Departamento de Investigaciones Especiales en Tegucigalpa,
quienes lo llevaron vendado a un lugar que no pudo reconocer, donde lo tuvieron
cuatro días sin comer y sin tomar agua. Fue golpeado e insultado. Dijo que pudo
mirar a través de la venda y darse así cuenta de que estaba en una unidad militar
(testimonio de René Velásquez Díaz).
94.
El Gobierno sostuvo que el testigo incurrió en varias falsedades relacionadas
con el derecho vigente en Honduras y que su declaración "carece de virtualidad y