-6trayectoria intraorgánica que realiza un proyectil entero y las esquirlas o fragmentos de un proyectil; el color de los proyectiles, esquirlas o fragmentos encontrados en el cuerpo; las condiciones de las heridas que presentó el cuerpo de Johan Alexis Ortiz Hernández y si, en su opinión médica, eran esencialmente mortales; y las condiciones de vestimenta en que ingresó Johan Alexis Ortiz Hernández a la Medicatura Forense. 2. Requerir a la perito convocada a declarar en audiencia que, de considerarlo conveniente, aporte una versión escrita de su peritaje a más tardar el 1 de febrero de 2017. 3. Requerir al Estado de Venezuela que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público: A. Presuntas víctimas (propuestas por las representantes) 1. Zaida Dariana Arellano Hernández, quien declarará sobre las repercusiones familiares a nivel psicológico, social, educativo, laboral y económico que ha significado en su vida y la de sus familiares la muerte de su hermano Johan Alexis Ortiz Hernández; las actuaciones realizadas por su madre y padre en búsqueda de la verdad; y las supuestas carencias económicas y mudanzas por el supuesto temor a represalias estatales. 2. Jeckson Edgardo Ortiz González, quien declarará sobre las repercusiones familiares a nivel psicológico, social, educativo, laboral y económico que ha significado en su vida y la de sus familiares la muerte de su hermano Johan Alexis Ortiz Hernández; las actuaciones realizadas por su padre y madre en búsqueda de la verdad; y la afectación emocional padecida por la muerte de su hermano. B. Testigos (propuestos por las representantes) 1. José Luis Guerrero Sánchez, quien declarará sobre la forma cómo los medios de comunicación reflejaron la búsqueda de justicia por parte de las presuntas víctimas y sobre los artículos de periódico que habría publicado acerca de las actuaciones realizadas por los padres de Johan Alexis Ortiz Hernández ante la jurisdicción militar y ordinaria e instituciones de cualquier otra índole, así como sobre el alegado atentado a la vivienda del señor Edgar Humberto Ortiz Ruiz. 2. Wilmer Alberto Jaimes Flores, quien declarará sobre la forma cómo llevó a cabo las investigaciones ante la jurisdicción ordinaria por la presunta comisión de homicidio con dolo eventual en perjuicio de Johan Alexis Ortiz Hernández, especialmente en relación con los interrogatorios de los testigos y peritos que fueron entrevistados por él como investigador en la Fiscalía Séptima del Estado de Táchira.

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