38 97.36. El 11 de julio de 2003 el Primer Juzgado Penal Especializado en Delito de Terrorismo dispusó la ampliación del plazo para la instrucción por un término de sesenta días, en atención a que ésta aún se econtraba en “estado incipiente, faltando actuar pruebas sustanciales para el mejor esclarecimiento de los hechos”33. 97.37. El 5 de septiembre de 2003 el Primer Juzgado Penal Especializado en Delito de Terrorismo hizo constar que no se pudo recibir la declaración testimonial del señor Nicéforo Bartolomé Melitón Cardenas, ya que éste había fallecido el 17 de junio de 200334. 97.38. El 9 de septiembre de 2003 se recabó en el Penal de Chorrillos la declaración testimonial de la señora María Beatriz Azcárate Vidalón, en la que reiteró que no conocía al señor Wilson García Asto35. 97.39. El 21 de octubre de 2003 la PNP informó al Primer Juzgado Penal Especializado en Delito de Terrorismo que no fue posible ubicar el destino de la documentación que figuraba en el disco duro de la computadora incautada en el domicilio del señor Wilson García Asto36. 97.40. El 21 de noviembre de 2003 la Sala Nacional de Terrorismo declaró improcedente la solicitud de libertad del señor Wilson García Asto por exceso de detención, al considerar que la duración de ésta se encontraba dentro del plazo legal establecido en el artículo 137 del Código Procesal Penal37. 97.41. El 5 de enero de 2004 la Sala Nacional de Terrorismo declaró haber mérito para pasar a juicio oral38. 3204); continuación de la declaración instructiva rendida por el señor Wilson García Asto en el penal Castro Castro el 10 de abril de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3238; continuación de la declaración instructiva rendida por el señor Wilson García Asto en el penal Castro Castro el 24 de abril de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3295); continuación de la declaración instructiva rendida por el señor Wilson García Asto en el penal Castro Castro el 9 de mayo de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3319); y continuación de la declaración instructiva rendida por el señor Wilson García Asto en el penal Castro Castro el 23 de mayo de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3335). 33 Cfr. auto ampliatorio de instrucción emitido por el Primer Juzgado Penal Especializado en Delito de Terrorismo el 11 de Julio de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3353). 34 Cfr. constancia sobre el fallecimiento del señor Nicéforo Bartolomé Melitón Cárdenas emitida por el Primer Juzgado Penal Especializado en Delito de Terrorismo el 5 de septiembre de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3473). 35 Cfr. declaración testimonial rendida por la señora María Beatriz Ascárate Vidalón el 9 de septiembre de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 2, folio 3477). 36 Cfr. oficio No. 3632-2003 emitido por la Policía Nacional del Perú el 21 de octubre de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 3, folio 3595). 37 Cfr. resolución emitida por la Sala Nacional de Terrorismo el 21 de noviembre de 2003 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 3, folio 3611). 38 Cfr. resolución emitida por la Sala Nacional de Terrorismo el 29 de enero de 2004 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 3, folio 3627).

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