de Brisa y un Informe Social adjunto al expediente, Eduardo rápidamente ocupó el espacio de afecto y confianza
que habían dejado los dos hermanos mayores de la familia al partir a Estados Unidos 4.
14. La presunta víctima y el Informe Psicológico aportado indican que entre octubre de 2001 y mayo de 2002,
aprovechándose de la confianza que le otorgó la familia y el afecto fraterno que le brindó Brisa, Eduardo
Gutiérrez Angulo mantuvo relaciones sexuales en reiteradas oportunidades con su prima adolescente5. En un
viaje a Estados Unidos en mayo del 2002, los hermanos mayores de Brisa leyeron su diario y descubrieron lo
que estaba sucediendo. Brisa intentó suicidarse cuando sus padres se enteraron 6.
15. El 24 y 25 de julio de 2002, Brisa fue llevada por su madre en Estados Unidos a consultas médicas por
abuso sexual. La doctora que realizó el examen forense indicó que la consulta se debió a que Brisa “estaba
manteniendo una relación sexual con un hombre de 26 años […] no deseaba discutir mucho acerca de esto en
el día de hoy y estaba muy deprimida. Ella fue seducida a mantener esta situación por algún tiempo […] ella
estaba confundida y muy frustrada. Sus padres estaban muy exaltados y deprimidos”. Del examen general, la
profesional constató que Brisa se encontraba “bien nutrida, bien desarrollada sin signos de descompensación
aguda”, en cuanto al examen ginecológico indicó “no flujo, no lesiones, himen no intacto”, concluyendo que se
trataba de una “mujer de 16 años en estado posterior a abuso sexual”7. La psicóloga que la examinó, quien
indicó que contaba con “20 años de experiencia básicamente en abuso sexual y su tratamiento”, señaló que,
basado en lo indicado por Brisa, se trataba de una relación de “una menor siendo seducida por un hombre
adulto con el propósito de explotarla sexualmente. Eduardo desarrolló una relación con Brisa basada en
confianza, vínculos familiares y servicio a Dios, y usó estas cualidades para explotar a Brisa sexualmente y para
manipularla haciéndola creer que ella había hecho algo incorrecto”. Además, indicó que Brisa tenía un “alto
riesgo de [problemas] de salud mental […] especialmente si ella no recibe ayuda apropiada o si la respuesta del
sistema legal de alguna forma acusa a la víctima en lugar de reconocer un crimen” 8.
16. El 15 de julio de 2002, el padre de Brisa denunció ante la Defensa de Niñas y Niños Internacional filial
Cochabamba que su hija había sido víctima de violación y abuso sexual9. El 1 de agosto de 2002 el padre de
Brisa reiteró su denuncia ante las autoridades judiciales competentes10, lo que dio inicio a los tres procesos
penales que se detallan a continuación.
B. Procesos Internos
17. Entre los documentos acompañados por las partes, se incluyen copias de los tres procesos penales seguidos
en contra de Eduardo Gutiérrez Angulo por los hechos antes descritos. En tales expedientes constan, entre
otras, las siguientes diligencias y pruebas:
Anexo 2. Informe Social, Lic. Judith Romero C. Defensa de Niños y Niñas Internacional, Sección Bolivia, 21 de agosto de 2008. Documento
acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia de 11 de mayo de 2018, Anexo 5 - Pruebas aportadas por el Ministerio Público,
fojas 58-59; Anexo 3. Declaración de Brisa Liliana De Angulo, 9 de diciembre de 2011, Documento acompañado a la Petición ante la CIDH
de 20 de enero de 2012, Anexo 1, págs. 1-2; Anexo 4. Documento acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia de 11 de mayo
de 2018, Anexo 1. Proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de José Miguel de Angulo, Luz Stella Losada de
Angulo y Brisa Liliana de Angulo Losada contra Eduardo Gutiérrez Angulo por el delito de violación agravada (“Primer Proceso Penal”).
Declaración informativa de la adolescente Brisa de Angulo Losada, 1 de agosto de 2002. Proceso Penal, fojas 6.
5 Anexo 5. Certificación psicológica, Lic. Sandra Muñoz, Psicóloga, Defensa de Niños y Niñas Internacional, Sección Bolivia, 7 de agosto de
2002. Documento acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia de 11 de mayo de 2018, Anexo 5 - Pruebas aportadas por el
Ministerio Público, fojas 6; Anexo 3. Declaración de Brisa Liliana De Angulo, 9 de diciembre de 2011, Documento acompañado a la Petición
ante la CIDH de 20 de enero de 2012, Anexo 1, págs. 2-7.
6 Anexo 3. Declaración de Brisa Liliana De Angulo, 9 de diciembre de 2011, Documento acompañado a la Petición ante la CIDH de 20 de
enero de 2012, Anexo 1, pág. 7.
7 Anexo 6. Certificado Lourdes de Armas, M.D., 25 de julio de 2002. Documento acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia
de 11 de mayo de 2018, Anexo 5 - Pruebas aportadas por el Ministerio Público, fojas 46-51.
8 Anexo 7. Certificado Terri S. Gilsson, LP.C., 8 de agosto de 2002. Documento acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia
de 11 de mayo de 2018, Anexo 5 - Pruebas aportadas por el Ministerio Público, fojas 32-39.
9 Anexo 5. Certificación psicológica, Lic. Sandra Muñoz, Psicóloga, Defensa de Niños y Niñas Internacional, Sección Bolivia, 7 de agosto de
2002. Documento acompañado a las Observaciones sobre el Fondo de Bolivia de 11 de mayo de 2018, Anexo 5 - Pruebas aportadas por el
Ministerio Público, fojas 6.
10 Anexo 4. Formulario de Informaciones y Denuncias y Formulario de Solicitud a Onamfa, ambos de 1 de agosto de 2002. Primer Proceso
Penal, fojas 4-5vta.
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