-13septiembre de 2013, “[d]elegados de la Dirección de Derechos Humanos participaron en el Proceso de Inducción a los funcionarios que ganaron el Concurso de Mérito y Oposición para Agentes de seguridad Penitenciaria”, llevado a cabo en las ciudades de Guayaquil, Quito y Lago Agrio, con el cual se capacitó a 115 personas en total. c) En cuanto al año 2014, sostuvo que se capacitaron 362 funcionarios mediante cinco capacitaciones en diversas temáticas de derechos humanos, en una de las cuales se incluyó el “análisis del caso Tibi”61. Además, el Estado aportó copia del “convenio específico de cooperación interinstitucional” suscrito el 7 febrero de 2014 entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)62. Alegó que dicho convenio fue suscrito con el fin de “proporcionar la adecuada capacitación a los agentes de seguridad penitenciaria […] en lo concerniente a los estándares internacionales de [d]erechos [h]umanos aplicables al tratamiento de las personas privadas de libertad” y “contribu[ir] a la formación de agentes de seguridad penitenciaria como instructores en estas materias” 63. En cuanto a la implementación de este convenio, Ecuador explicó que se realizaron dos “reuniones de trabajo” entre delegados del referido Ministerio y del CICR, en las cuales “se planteó la malla curricular que deberán seguir los agentes de seguridad penitenciaria para aprobar el Primer Curso de Instructores en Derechos Humanos para Funcionarios y Funcionarias del Sistema Penitenciario Ecuatoriano’”64, y que “se aprobó una hoja de ruta para trabajar en la elaboración del ‘Manual de Capacitación de Instructores en Derechos Humanos para Funcionarios y Funcionarias del Sistema Penitenciario Ecuatoriano”. 27. La Corte valora positivamente los esfuerzos que habría emprendido el Estado durante los años 2012, 2013 y 2014 con el fin de dar cumplimiento a esta medida de reparación en lo relativo a realizar capacitaciones para el personal penitenciario (incluyendo asistencia de 34 personas[,] entre las cuales constaron: agentes de seguridad penitenciaria, delegados de varias Subsecretarías del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y personal administrativo”. 61 Detalló que: (i) el “27 de enero se capacitó a 29 funcionarios del Grupo Especial Alpha en la temática de [f]undamentos [b]ásicos de [d]erechos [h]umanos”; (ii) el “3 y 4 de febrero se capacitó a 52 [a]gentes de seguridad penitenciaria del Centro de Rehabilitación Social de Sucumbíos”; (iii) el “5 de febrero se capacitó en la temática de [d]erechos [h]umanos en el contexto penitenciario a 36 funcionarios/as de todo el país, mismos que laboran como Directores de Centros de Adolescentes en Conflicto con la Ley”; (iv) “[d]el 11 al 13 de febrero se capacitó en las temáticas de [f]undamentos de [d]erechos [h]umanos, [d]erechos [h]umanos en el contexto penitenciario, [g]enero y cultura al interior de los [c]entros de [r]ehabilitación [s]ocial, [i]gualdad y no discriminación, [y] análisis del Caso Tibi Vs. Ecuador y Karina Montenegro[,] a 185 aspirantes agentes de seguridad penitenciaria, dentro de la Escuela Policial en la Parroquia Esperanza-Provincia Manabí”, y que (v) “[e]l 17 y 18 de junio […] se capacitó a 60 [a]gentes de [s]eguridad [p]enitenciaria en la temática de [d]erechos [h]umanos y [s]istemas [i]nterncacionales de [p]rotección de [d]erechos”. 62 Según la cláusula quinta del referido convenio, éste “tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de su firma”, es decir, a partir del 7 de febrero de 2014, y que el mismo puede ser renovado “por mutuo acuerdo de las partes”. Cfr. Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador y el Comité Internacional de la Cruz Roja, de 7 de febrero de 2014 (anexo 1 al informe del Estado de 3 de abril de 2014). 63 Asimismo, alegó que “por medio de la ejecución del Convenio, se atiende a la disposición de la Corte IDH en lo relativo a crear un comité interinstitucional con el fin de definir y ejecutar los programas de capacitación”. 64 El Estado sostuvo que dicho curso tendrá una duración de 94 horas de capacitación, y que “se incorporaron, [entre otras,] las materias de Derechos Humanos, Normativa internacional y Bases Filosóficas de los Derechos Humanos”, en relación con el “contexto penitenciario”, y que en ellas “se incluirá como metodología el análisis del Caso Tibi Vs. Ecuador[,] así como de Karina Montenegro y otros”. Junto con su informe de 3 de abril de 2014 Ecuador aportó como anexos la copia de la “malla curricular” del curso, el cual comprendería el estudio, entre otros, de los siguientes temas: “seguridad penitenciaria”, “derechos humanos”, “normativas internacionales”, “salud penitenciaria”, “tratamiento penitenciario”, “derecho penal” y “derecho penitenciario”. También adjunto como anexo el “horario” del curso.

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