27
90.
Esto significa que, movido por las propias necesidades de protección, el Derecho
Internacional Humanitario ha trascendido su óptica inter-estatal del pasado, y hoy extiende su
ámbito de aplicación también a entidades y grupos no-estatales, a grupos armados que se
oponen en conflictos internos, que pueden tener su responsabilidad penal comprometida58 (cf.
infra). Este desarrollo no se limita al plano puramente doctrinal, y ha encontrado hoy
expresión también en la jurisprudencia internacional: recientemente, la Sala de Apelaciones
del Tribunal Especial para Sierra Leona sostuvo, en el caso Prosecutor versus Sam Hinga
Norman (jurisdicción, decisión del 31.05.2004), que
"it is well settled that all parties to an armed conflict, whether States or
non-State actors, are bound by International Humanitarian Law, even though
only State may become parties to international treaties"59.
91.
Así, las obligaciones del Derecho Internacional Humanitario se imponen tanto a los
Estados como a individuos y grupos, a entidades no-estatales, a insurgentes armados en
general, y este notable desarrollo del Derecho Internacional Humanitario no ha sido
cuestionado por los Estados en la práctica60. Él atiende, además, a las crecientes necesidades
de protección del ser humano en situaciones de conflicto armado interno (y también
internacional). De ese modo, la responsabilidad del individuo, actuando aisladamente o en
grupos, puede configurarse por violación del Derecho Internacional Humanitario.
92.
Este último prohíbe cualquier acto de terrorismo. Recuérdese, al respecto, que la IV
Convención de Ginebra de 1949 sobre la Protección de Civiles expresamente prohíbe inter alia
cualquier acto de intimidación o de terrorismo (artículo 33). Esta disposición sirvió de base
para la prohibición absoluta subsiguiente, consignada en el Protocolo Adicional II de 1977 a las
cuatro Convenciones de Ginebra de 1949, de "actos de terrorismo" (artículo 4(2)(d)). En
relación con la protección de la población civil, el Protocolo Adicional II prohíbe cualesquiera
actos o amenazas de violencia con el propósito de diseminar el terror en la población civil
(artículo 13(2)). Esta misma prohibición se encuentra igualmente consagrada en el Protocolo
Adicional I (artículo 51(2)). La referencia a "actos o amenazas de violencia" torna la
prohibición particularmente amplia, de modo a abarcar "todas las circunstancias posibles"61.
93.
El reconocimiento de que las violaciones del Derecho Internacional Humanitario
aplicable a los conflictos armados (internacionales o internos) configuran la responsabilidad
58
.
Cf. L. Zegveld, The Accountability of Armed Opposition Groups in International Law,
Cambridge, University Press, 2002, pp. 3-260.
59
.
Cit. in A. Clapham, "Human Rights Obligations of Non-State Actors in Conflict
Situations", 88 International Review of the Red Cross (2006) n. 863, pp. 497-498.
60
.
Ibid., pp. 498, 500-501 y 521-523. - Sobre la operación, en general, del Tribunal
Especial para Sierra Leona, cf. [Varios Autores,] Internationalized Criminal Courts - Sierra
Leone, East Timor, Kosovo and Cambodia (eds. C. Romano, A. Nollkaemper y J.K. Kleffner),
Oxford, University Press, 2004, caps. VII-IX, pp. 125-180.
61
.
Y. Sandoz, Chr. Swinarski y B. Zimmermann (eds.), Commentary on the Additional
Protocols of 08 June 1977 to the Geneva Conventions of 12 August 1949, Geneva,
ICRC/Nijhoff, 1987, pp. 1375 y 1453.