20
vida, a la seguridad personal, a la prohibición de injerencias arbitrarias en la vida privada,
la familia y el hogar y el derecho a disfrutar en paz de bienes propios 73.
58.
Por su parte, la Relatora Especial ha enfatizado que el Comité DESC “rechazó las
definiciones de vivienda adecuada que se centraban en el cobijo físico y adoptó en su lugar
una definición vinculada directamente al derecho a la vida”74; y ha dicho también que “la
vivienda adecuada, la dignidad, la seguridad y la vida están tan estrechamente
interrelacionados y que son esencialmente inseparables. Así sucede también con el derecho
internacional de los derechos humanos. El derecho a la vida no puede separarse del
derecho a un lugar seguro en el que vivir, y este segundo derecho solo tiene sentido en el
contexto de un derecho a vivir con dignidad y seguridad, sin violencia” 75.
59.
La afirmación precedente es acorde a un concepto ya bien establecido, y que puede
observarse en el párrafo 5 de la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobada por
la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993, que señaló en forma
categórica que: “[t]odos los derechos humanos son universales, indivisibles e
interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los
derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y
dándoles a todos el mismo peso”. Como ha señalado la Relatora Especial la “distinción
ahora rechazada entre derechos de “primera” y “segunda” generación, entre derechos
justiciables y objetivos aspiracionales”, es “un legado de falsas dicotomías entre los dos
[P]actos”76; es decir, entre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
60. De esta manera, comparto plenamente la afirmación anterior. Evidencia de ello es la
estrecha relación entre distintos derechos, conforme lo que se expone seguidamente en
relación con el derecho a la vivienda.
61. En cuando al Sistema Universal de Derechos Humanos, en la Comunicación I.D.G. Vs.
España —primera comunicación a partir de la entrada en vigor del Protocolo Facultativo del
PIDESC— el Comité DESC externó que el derecho a la vivienda adecuada es un derecho
fundamental que constituye la base para el disfrute de todos los derechos económicos,
sociales y culturales y está vinculado en su integridad a otros derechos humanos,
73
Cfr. ONU, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación general 7, El derecho a una
vivienda adecuada (párrafo 1 del artículo 11 del Pacto): los desalojos forzosos (16º período de sesiones, 1997),
U.N. Doc. E/1999/22, anexo IV (1997), párr. 4.
74
Notando que, como ya ha quedado indicado (supra, párr. 56 del presente voto), en la Observación General No
4 de ese órgano, se indicó que “[e]l derecho a la vivienda no se debe interpretar en un sentido estricto o
restrictivo que lo equipare, por ejemplo, con el cobijo que resulta del mero hecho de tener un tejado por encima
de la cabeza o lo considere exclusivamente como una comodidad. Debe considerarse más bien como el derecho a
vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte”. Naciones Unidas, Asamblea General, Doc. A/71/310. 8 de
agosto de 2016, Informe de la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del
derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el derecho de no discriminación a este respecto, párr. 27. La
referencia al Comité DESC corresponde al siguiente texto de ese órgano: Observación General No. 4 (1991), párr.
7.
75
Naciones Unidas, Asamblea General, Doc. A/71/310. 8 de agosto de 2016, Informe de la Relatora Especial
sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el
derecho de no discriminación a este respecto, párr. 27.
76
Naciones Unidas, Asamblea General, Doc. A/71/310. 8 de agosto de 2016, Informe de la Relatora Especial
sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el
derecho de no discriminación a este respecto, párr. 31.
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos