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detallado sobre la situación actual de cada uno de los beneficiarios indicados en el punto
resolutivo tercero de la presente Resolución, en comparación con la situación que dio
origen a las presentes medidas provisionales, en los términos del Considerando 26 de la
presente Resolución. Se requiere al Estado que, con posterioridad a la presentación del
informe indicado, presente información actualizada sobre las medidas provisionales
ordenadas cada dos meses.
5.
Requerir a los representantes de las personas beneficiarias que, en un plazo de
cuatro semanas, contado a partir de la recepción de los informes estatales, presenten sus
observaciones a los mismos, y se refieran a la situación actual de los beneficiarios, en
comparación con la situación que dio origen a las presentes medidas provisionales, de
forma individualizada, de conformidad con el Considerando 26 de la presente Resolución,
en la cual expongan si consideran que las medidas ordenadas deben mantenerse y, en su
caso, los argumentos y elementos de prueba por los cuales sustentan su posición.
6.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, en un plazo de
seis semanas, contado a partir de la recepción de los informes estatales, presente sus
observaciones de manera detallada respecto a la situación actual de los beneficiarios
indicados en el punto resolutivo tercero de esta Resolución, en comparación con la
situación que dio origen a las presentes medidas provisionales.
7.
Requerir al Estado que continúe implementando las presentes medidas
provisionales y dé participación a los beneficiarios de estas medidas en la planificación e
implementación de las mismas y que, en general, los mantenga informados sobre los
avances en la ejecución de éstas.
8.
Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
notifique la presente Resolución a El Salvador, a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos y a los representantes.
El Juez Vio Grossi hizo conocer a la Corte su voto disidente, el cual acompaña la presente
Resolución.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Medidas Provisionales
respecto de El Salvador, Caso García Prieto y otros.