65 servicio militar representan una medida eficaz de prevención. Al respecto, la Corte hace notar la información de la Defensoría del Pueblo de que 52% de los reclutas entrevistados entre abril y mayo de 2013 señalaron “desconocer la labor de las Oficinas de Asistencia al Personal del Servicio Militar” 233. 280. De lo informado por el Estado también llama la atención de la Corte la intervención de órganos de recepción de denuncias en el ámbito castrense, los cuales aparentemente serían responsables por investigar o procesar denuncias de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Lo anterior va en contra de la jurisprudencia de la Corte Interamericana y de la obligación de investigar, juzgar y sancionar delitos comunes a través de la jurisdicción ordinaria. En ese sentido, el Tribunal considera relevante que el Estado adopte las siguientes medidas de no repetición: a) asegurarse que todo el personal que se incorpore voluntariamente al servicio militar reciba la “Cartilla de deberes y derechos del personal del servicio militar” 234, así como información sobre los mecanismos para presentar sus quejas o denuncias ante la Oficina de Asistencia al Personal del Servicio Militar Voluntario y la Fiscalía Penal ordinaria, a través del Subsistema Especializado integrado; b) cuándo las oficinas de asistencia al personal militar reciban denuncias por violaciones a la integridad personal ocurridas durante el servicio militar, deben remitirlas inmediatamente a los órganos correspondientes de la jurisdicción ordinaria; c) establecer la realización de visitas periódicas yno anunciadas a las instalaciones militares donde se realice el servicio militar voluntario por parte de autoridades independientes, autónomas y con competencia en la materia, a fin de verificar el buen trato y condiciones en las que se desarrolla el servicio militar así como el cumplimiento de los derechos y beneficios del personal de tropa 235; d) poner en funcionamiento el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ya aprobado por el Congreso Nacional peruano. Asimismo, el Perú deberá asegurarse que dicho mecanismo disponga todos los recursos logísticos y científicos necesarios para recabar pruebas y documentar denuncias y, en particular, tenga facultades para acceder a la documentación e información pertinentes para investigar los hechos denunciados y llevar a cabo con prontitud aquellas actuaciones y averiguaciones esenciales para esclarecer lo sucedido. Los miembros del Mecanismo Nacional deben contar con las debidas garantías de seguridad. D. Medidas de restitución D.1 Argumentos de las partes y de la Comisión 281. La Comisión consideró necesario que se ordene al Estado que otorgue de manera inmediata los beneficios y servicios que se encuentran disponibles para personas en condiciones asimilables a la víctima, lo cual incluye además del tratamiento médico y 233 “En las entrevistas sostenidas, 24 jóvenes señalaron haber sido víctimas de maltratos físicos y psicológicos, en muchos de los casos como mecanismo de sanción por no cumplir una orden. Pese a ello, 140 de los encuestados (52.2%) señalaron desconocer la labor de las Oficina de Asistencia al Personal del Servicio Militar.” Informe No. 007-2013-DP/ADHPD “Propuestas para el fortalecimiento del servicio militar voluntario”, 2013, Adjuntía para los Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo (expediente de prueba, folio 2833). 234 Informe No. 007-2013-DP/ADHPD, expediente de prueba, folio 2837. 235 Informe No. 007-2013-DP/ADHPD, expediente de prueba, folio 2837.

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