39
puedan estar involucrados agentes estatales115. En cualquier caso, toda autoridad estatal,
funcionario público o particular que haya tenido noticia de actos destinados a la
desaparición forzada de personas, deberá denunciarlo inmediatamente116.
116. El derecho de acceso a la justicia requiere que se haga efectiva la determinación de
los hechos que se investigan y, en su caso, de las correspondientes responsabilidades
penales en tiempo razonable, por lo que, en atención a la necesidad de garantizar los
derechos de las personas perjudicadas, una demora prolongada puede llegar a constituir,
por sí misma, una violación de las garantías judiciales 117 . Además, por tratarse de una
desaparición forzada, el derecho de acceso a la justicia incluye que en la investigación de
los hechos se procure determinar la suerte o paradero de las víctimas118.
B.1.
Actuaciones realizadas por las autoridades de la Provincia del Chubut.
117. La señora Millacura Llaipén declaró que acudió a la Comisaría Seccional Primera el 4
de octubre de 2003 a realizar su primera denuncia sobre la desaparición de su hijo, así
como los días 6 y 8 siguientes pero que, sin embargo, en dicho lugar no quisieron
recibirla119. Al respecto, el Tribunal observa que fue el 14 de octubre de 2003 cuando la
denuncia de la señora Millacura Llaipén fue formalmente recibida en la Comisaría Seccional
Primera120, con la cual se abrió el expediente “Millacura Llaipén María Leontina S./ dcia. Pta.
Desaparición Personas C. Rivadavia 2003” y se dio intervención al Juez de Instrucción No. 2
de la ciudad de Comodoro Rivadavia121.
118. Al respecto, desde el inicio las actuaciones llevadas a cabo por la Seccional Primera
estuvieron encaminadas no a la investigación de la desaparición del señor Iván Eladio Torres
sino a su búsqueda como “persona extraviada”122, a pesar de que en su denuncia la señora
Millacura Llaipén había manifestado su sospecha en el sentido de que policías estarían
involucrados en su desaparición. Así, el 15 de octubre de 2003 se comisionó a un policía de
esa institución para que “practi[cara] averiguaciones tendientes a lograr ubicar el actual
paradero de la persona de Iván Eladio Torres [Millacura]” 123 y, a partir de ese día, la
115
Cfr. Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia, supra nota 14, párr. 155.
116
Cfr. Caso Anzualdo Castro Vs. Perú, supra nota 71, párr. 65; Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs.
Bolivia, supra nota 14, párr. 65, y Caso Gelman Vs. Uruguay, supra nota 76, párr. 186.
117
Cfr. Caso Hilaire, Constantine y Benjamín y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 21 de junio de 2002. Serie C No. 94, párr. 145; Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala, supra nota
69, párr. 196, y Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia, supra nota 14, párr. 152.
118
Cfr. Radilla Pacheco Vs. México, supra nota 23, párr. 191, y Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña Vs. Bolivia,
supra nota 14, párr. 152.
119
Cfr. escrito presentado por la señora María Leontina Millacura Llaipén el 5 de noviembre de 2003 ante el
Juzgado de Instrucción No. 2 de la Provincia del Chubut, mediante el cual “se constituy[ó] en querellante”, entre
otros (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7309). Esto también se desprende de la denuncia
presentada el 14 de octubre de 2003 por la señora María Leontina Millacura Llaipén ante la Comisaría Seccional
Primera de Comodoro Rivadavia (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7202).
120
Cfr. denuncia presentada por la señora María Leontina Millacura Llaipén el 14 de octubre de 2003 ante la
Comisaría Seccional Primera de Comodoro Rivadavia (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7199).
121
Cfr. oficio Nro. 831./03Jud de la Comisaría Seccional Primera de Comodoro Rivadavia de 14 de octubre de
2003 (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7204).
122
Cfr. acuerdo del Comisario de la Seccional Primera de la Policía de Comodoro Rivadavia, Provincia del
Chubut, de 15 de octubre de 2003 (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7205).
123
Cfr. notificación del Oficial Inspector de la Comisaría Seccional Primera de Comodoro Rivadavia de 15 de
octubre de 2003 (expediente de anexos a la demanda, tomo X, folio 7206).
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos