10 Adicionalmente, en varios casos en donde ya ha dictado sentencia de fondo y determinado las reparaciones respectivas, el Tribunal ha ordenado medidas provisionales por primera vez durante la etapa de supervisión de cumplimiento24. Todo ello en concordancia con el carácter cautelar y tutelar de las medidas provisionales ya que la Convención Americana establece sólo “datos de hecho” 25 para que la Corte Interamericana pueda ordenar estas medidas. Es decir, que exista “una situación de extrema gravedad y urgencia” y “cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas” mientras el caso se encuentra en su conocimiento. 26. Dado que compete a la Corte Interamericana supervisar el cumplimiento de sus sentencias, es claro que el “conocimiento” del caso no cesa con la emisión del fallo que resuelve el fondo de la controversia y determina las reparaciones que correspondan. La potestad jurisdiccional del Tribunal, como la de cualquier órgano judicial, “se ejercita juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado” 26. Esto es así porque la Corte “[n]o puede desentenderse de la suerte que corran sus decisiones, siempre obligatorias para los Estados, exentas de revisión ante un tribunal de grado superior. La justicia interamericana se ejerce en una sola instancia y la Convención de la materia señala que las determinaciones de la Corte son vinculantes para las partes”27. Por lo tanto, jurídicamente la Corte sigue en y Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de agosto de 2010, puntos resolutivos primero y segundo; Caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri. Medidas Provisionales respecto de Perú; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de septiembre de 2006, punto resolutivo primero; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 3 de mayo de 2008, punto resolutivo segundo. Caso Masacre de Plan de Sánchez. Medidas Provisionales respecto de Guatemala. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 25 de noviembre de 2006, punto resolutivo primero; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de noviembre de 2007, punto resolutivo tercero. Caso de la Masacre de Mapiripán. Medidas Provisionales respecto de Colombia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 3 de mayo de 2008, punto resolutivo primero; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de septiembre de 2010, punto resolutivo primero. Caso Gutiérrez Soler. Medidas Provisionales respecto de Colombia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 27 de noviembre de 2007, punto resolutivo primero; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 9 de julio de 2009, punto resolutivo primero. Caso García Prieto y otros. Medidas Provisionales respecto de El Salvador. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 3 de febrero de 2010, punto resolutivo segundo. Caso Fernández Ortega y otros. Medidas Provisionales respecto de México. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 23 de noviembre de 2010. 24 Cfr. Caso Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni. Medidas Provisionales respecto de Nicaragua. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 6 de septiembre de 2002, punto resolutivo primero; Caso 19 Comerciantes. Medidas Provisionales respecto de Colombia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 3 de septiembre de 2004, punto resolutivo segundo, y Caso de la Masacre de la Rochela. Medidas Provisionales respecto de Colombia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de noviembre de 2009, punto resolutivo primero. 25 Cfr. García Ramírez, Sergio, La Corte Interamericana de Derechos Humanos, México, Porrúa, 2007, p. 68. 26 Gimeno Sendra, José Vicente, Fundamentos del Derecho Procesal, Madrid, Civitas, 1981, p. 31. 27 García Ramírez, Sergio, “Reflexiones sobre las medidas provisionales en la jurisdicción interamericana”, presentación a la primera edición de Cantor Rey, Ernesto y Rey Anaya, Ángela, Medidas provisionales y medidas cautelares en el sistema interamericano de derechos humanos, 2ª edición, Bogotá, Temis, 2008, pp. XLIII y XLIV.

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