-5Robert Ignacio Díaz Loreto, David Octavio Díaz Loreto y Octavio Ignacio Díaz Álvarez, el desarrollo del proceso penal y la participación de los familiares de las presuntas víctimas y sus representantes en dicho proceso. C. Peritos (propuestos por los representantes) 1) Fernando Fernández, abogado especialista en ciencias penales y criminológicas, quien declarará sobre la normativa que regía el procedimiento penal en Venezuela para el momento en que ocurrieron los hechos, con referencia al papel del Estado como garante de los derechos a la vida, a la integridad personal y la libertad personal; sobre la debida diligencia en los procesos penales realizados en los casos del señor Octavio Díaz Álvarez y de los hermanos Díaz Loreto, haciendo énfasis en los obstáculos de hecho y de derecho que se han presentado durante los años que han durado esos procesos. 2) Claudia Carillo, psicóloga, quien declarará sobre los daños ocasionados a los miembros de la familia Díaz Loreto por las muertes del señor Octavio Díaz Álvarez y de los hermanos Díaz Loreto; las repercusiones que los hechos tuvieron en ellos desde el punto de vista familiar y laboral; y sobre la importancia de la asistencia psicológica en sus casos. (propuestos por el Estado) 3) Juan Carlos Castro Villalobos, abogado, quien declarará sobre las modalidades y patrones característicos de actuación evidenciados en los casos de ejecuciones arbitrarias denunciados en Venezuela y su relación con los hechos del presente caso. 4) Ana Cristina Bracho, abogada, quien declarará sobre el proceso de implementación de la reforma procesal realizado en Venezuela a partir de la aprobación del Código Orgánico Procesal Penal y las dificultades evidenciadas para la constitución de los tribunales con jurados y tribunales mixtos en el país, así como sobre la regulación de la figura de la flagrancia en el ordenamiento jurídico venezolano y su compatibilidad con los estándares internacionales de derechos humanos. (propuesto por la Comisión) 5) Camilo Ernesto Bernal Sarmiento, abogado, quien declarará sobre las obligaciones estatales para responder a contextos generales de ejecuciones extrajudiciales, desde una perspectiva integral, que incluya tanto el actuar de los funcionarios de seguridad involucrados directamente como la respuesta investigativa e institucional debida para enfrentar los diferentes elementos que favorecen la existencia y permanencia de problemáticas de esta naturales. En particular, se referirá a las obligaciones de los Estados frente a la identificación de una situación estructural de impunidad que afecta de manera desproporcionada este tipo de casos, la identificación de sus causas y consecuencias, así como el impacto que tiene en las perspectivas de obtención de justicia para las víctimas de ese tipo de hechos.

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