anterioridad a diciembre de 2011 y debido a que ha podido identificar que se encuentran en la misma etapa del proceso penal o que presentan dificultades o problemáticas similares”. 23. Aunado a ello, siguiendo instrucciones de la Corte, mediante nota de Secretaría del 14 de abril de 2014, se solicitó a la entonces Fiscal General del Ministerio Público de Guatemala, Claudia Paz y Paz, con base en el artículo 69.2 del Reglamento de la Corte, que rindiera un informe, a más tardar el 5 de mayo de 2014, “en el cual present[ara] la información que estim[ara] relevante, en el ámbito de sus competencias, relativa a la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones de derechos humanos ocurridas en Guatemala” con relación a los casos sobre los cuales se convocó a la audiencia mencionada, y que también podía referirse a “posibles dificultades o problemáticas estructurales o similares que pudieran ser identificadas como obstáculos que podrían incidir en el adecuado cumplimiento de la referida obligación”. Dicho informe fue presentado dentro del plazo otorgado(en lo sucesivo, el Informe del Ministerio Público de mayo de 2014), y en el mismo se indicó la existencia de dificultades estructurales en el cumplimiento de dicha obligación, y se refirió a cada uno de los diez casos señalados (infra Considerandos 31 y 32). Al respecto, se otorgó la oportunidad al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión para que se refirieran a dicho informeen la audiencia de supervisión convocada (supra Visto 10)o, de requerirlo, por escrito a más tardar el 13 de junio de 2014.El Estado se refirió al informe del Ministerio Público de mayo de 2014 en la audiencia, mientras que los representantes de los casos señalados presentaron sus observaciones entre los días 12 y 13 de junio de 2014. 24. El 6 de mayo de 2014 la señora Helen Mack presentó un escrito, mediante el cual indicó que en la audiencia referida anteriormente “se omit[ió] convocar a la representación de las víctimas del caso Mack Chang” y manifestó su disposición a participar en la misma. Siguiendo instrucciones del Presidente y mediante nota de Secretaría del 7 de mayo de 2014, se atendió la solicitud de la señora Mack, y se autorizó su participación en la referida audiencia. 25. El 16 de mayo de 2014 se celebró la audiencia privada convocada por la Corte 37.En dicha audiencia,el Estado omitió rendir la información solicitada y mantuvo una posición que fue posteriormente valorada por la Corte como “inaceptable” y constitutiva de un “desacato” a las Sentencias (infra Considerando 26). En esa oportunidad, Guatemala planteó que: la Corte carecía de competencia temporal para ejercer su jurisdicción sobre algunos de los casos; la calificación de los hechos como conductas continuadas, a los cuales los casos se refieren, era inaceptable; los hechos relativos a siete casos se encontraban enmarcados dentro de los supuestos de la Ley de Reconciliación Nacional, y que acarrearían la extinción 37 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: James Louis Cavallaro, Comisionado y Jorge Meza Flores, Asesor de la Comisión Interamericana; b) por el Estado de Guatemala: Antonio Arenales Forno, Presidente de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos – COPREDEH- y Secretario de la Paz –SEPAZ; Héctor Palacios Lima, Embajador de la República de Guatemala en Costa Rica; Rodrigo Villagrán Sandoval, Director de Seguimiento de Casos de COPREDEH; Enma Estela Hernández Tuy, Asesora de la Dirección de Seguimiento de Casos de COPREDEH, y Barbara Rossiter Bianchini, Asesora de la Dirección de Seguimiento de Casos de COPREDEH; y c) por los representantes de las víctimas: Juan Francisco Soto Forno y Hugo René Morales Díaz, respectivamente, Director Ejecutivo y Asesor Legal del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH); Pedro Chitay Rodríguez, víctima del caso Chitay Nech; Jennifer Harbury, víctima del caso Bámaca Velásquez; Lucrecia y María Eugenia Molina Theissen, víctimas del caso Molina Theissen; Helen Mack Chang, representante y familiar de la víctima del caso Mack Chang; Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL; Marcia Aguiluz, Directora del Programa para Centroamérica y México de CEJIL, así como los siguientes abogadas y abogados acreditados por CEJIL: Marcela Martino, Paola Limón, Daniela Araya, Georgia Vulcano, Nery Espinoza Quevedo, Leopoldo Zeissig, José Rodolfo González Sierra y Edgar Fernando Pérez Archila. La Corte celebró la audiencia con la siguiente composición: Presidente Humberto Antonio Sierra Porto y los Jueces Roberto F. Caldas, Manuel E. Ventura Robles, Eduardo Vio Grossi y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot. 9

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