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los peticionarios” y que “dentro del sistema de justicia
mecanismos idóneos y cónsonos con el derecho a la defensa”.
venezolano,
existen
18. Asimismo, el Estado alegó que “no hay violación de derechos humanos en un
juicio que nunca se inició, pues el peticionario se ausentó del país”. Respecto a la
audiencia preliminar, el Estado argumentó que “la ausencia del [señor] Brewer Carías
ha imposibilitado la realización de la audiencia preliminar, [lo cual] ha impedido el
ejercicio de las acciones que establece el Código Orgánico Procesal Penal para que las
partes intervinientes en el proceso puedan hacer valer sus derechos”. Arguyó que
“[r]esulta necesario reiterar que la celebración de la audiencia preliminar, es
indispensable para la continuación del proceso penal, siendo que en la misma causa
puede ser decidida a su favor”. Indicó que ésta “es la oportunidad que tiene el
imputado para negar, contradecir, argumentar los hechos y el derecho, replicar,
contrarreplicar, recusar, hablar en todo momento con su defensor, sin que por ello
implique la suspensión de la audiencia”. Además, consideró “insólito pretender que el
Juez pueda resolver la solicitud de nulidad sin presencia del imputado y que luego se
podría realizar la audiencia preliminar[, dado que] esto conllevaría a la violación del
debido proceso en su máxima expresión y de los propios derechos del [señor] Brewer
Carías”.
19.
En consecuencia, alegó que el recurso de nulidad interpuesto por los
representantes del señor Brewer Carías es “la respuesta de la acusación, y las
solicitudes plasmada[s] en él son consecuencia lógica de las argumentaciones hechas
por los abogados defensores y no peticiones autónomas que pueden ser resueltas en
ausencia del imputado, en un momento distinto a la audiencia preliminar, ya que la
nulidad de la acusación – solicitada por los abogados defensores de[l señor] Brewer
Carías [-] no versa sobre cuestiones incidentales que vulneran sus derechos, sino que
es una solicitud que toca el fondo y la esencia de la propia audiencia preliminar y, por
tanto, debe ser resuelta en presencia de las partes para no vulnerar el debido
proceso”. El Estado arguyó que “consecuentemente, la solicitud de los abogados
defensores del [señor] Brewer Carías, así como también las de la Fiscalía en su escrito
de acusación, no han sido resueltas, no porque se pretenda violar los derechos de[l
señor Brewer], o que se tenga la intención de retrasar el proceso o el Estado
venezolano se encuentre en mora, sino que mientras el ciudadano se encuentre
ausente, abstraído del proceso penal, fugado de la justicia venezolana, no se puede
celebrar y decidir sobre las peticiones de las partes, toda vez que es necesario que se
encuentren todas las partes presentes, aunado al hecho que los requerimientos tocan y
deciden el fondo del caso”. Por otra parte, el Estado argumentó que los representantes
“pretenden […] violar el principio de complementariedad […], aduciendo una
persecución política, que no existe, y argumentando que como ejercieron algunos
recursos – no todos- en los cuales no obtuvieron razón jurídica, ya se agotaron los
recursos internos”. En los alegatos finales escritos, el Estado reiteró sus argumentos
planteados en la contestación de la demanda y solicitó “la declaratoria de
improcedencia de la solicitud efectuada por la defensa del [señor] Brewer Carías, por
cuanto no se ajusta a los parámetros establecidos en el 46.1.a de la Convención
Americana […], ya que los recursos internos expuestos por el Estado, no se han
agotado”.
20.
La Comisión consideró en el escrito de observaciones a las excepciones
preliminares que “los alegatos planteados por el Estado ante la Corte no difieren
sustantivamente de los planteados ante la [Comisión] en la etapa de admisibilidad”.
Por lo tanto, señaló que “mediante su informe de admisibilidad 97/09, se pronunció
sobre los requisitos de admisibilidad establecidos en la Convención Americana, incluido