7 sido evidenciada con creces con la titulación efectiva, bajo los mecanismos previstos en la Ley No. 445, de cinco territorios indígenas asentados en la reserva de la Biosfera Bosawas, mediante los cuales se han beneficiado 87 comunidades Mayagnas y Miskitas”. A su vez, señaló que esos procesos no han sido fáciles y que “se ha requerido un largo proceso de diálogo y concertación de acuerdos entre el Gobierno de Nicaragua, el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte (CRAAN), la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación y los propios representantes de cada territorio beneficiado […]”. También señaló que “han sido muchos los esfuerzos [realizados] apoyando y asistiendo técnica y logísticamente a la Comisión de Demarcación del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte y a la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación, con el objeto de solucionar aquellos aspectos necesarios que faciliten y permitan la pronta titulación de la Comunidad indígena de Awas Tingni”. 20. Que en la audiencia privada celebrada el día 3 de mayo de 2008, el Estado informó que se han venido realizando esfuerzos continuos para poder titular las tierras de los miembros de la Comunidad de Awas Tingni y el resto de las comunidades beneficiarias de la Ley. Entre las medidas adoptadas en relación al punto resolutivo cuarto de la Sentencia, señaló la importancia de la resolución emitida por el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte (CRAAN) el 14 de febrero de 2007, que resolvió el conflicto limítrofe entre la Comunidad de Awas Tingni y las Comunidades de Tasba Raya. Indicó que, una vez resuelto este conflicto, se inició la etapa de amojonamiento de las tierras, que se interrumpió el 25 de julio de 2007, ya que el bloque de las “Diez Comunidades” manifestó que tenía el derecho a la propiedad de las tierras. Por este motivo, con la finalidad de encontrar una solución a esta situación, el Estado instó nuevamente a los líderes de los dos territorios en conflicto a dialogar pacíficamente. Por último, el Estado manifestó que existe una serie de actividades pendientes a realizar, entre las cuales se encuentran facilitar la solución de conflictos de traslape con los territorios de las “Diez Comunidades” y concluir la etapa de amojonamiento. 21. Que los representantes indicaron en sus observaciones de fecha 12 de julio de 2004 que el Estado ha desconocido los resultados del diagnóstico presentado ante la Comisión Intersectorial de Demarcación Territorial (CIDT). Asimismo, manifestaron que la pretensión del Estado de lograr un acuerdo de concertación con los miembros de la Comunidad para después someterla a consideración de las Instituciones de la Ley No. 445, representaba un intento de obviar los resultados vertidos por el diagnóstico realizado por el propio Estado. Los representantes dieron por concluido el proceso de negociación con el Estado respecto a la delimitación y demarcación de sus tierras para impulsar el proceso de solicitud de delimitación, demarcación y titulación conforme a la Ley No. 445. Señalaron que los miembros de la Comunidad presentaron “bajo protesta” la interposición de la demanda de demarcación el 11 de noviembre de 2003 ante la Comisión Intersectorial de Demarcación y Titulación (CIDT) de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN). 22. Que los representantes a su vez manifestaron, en sus diversas observaciones, que: a) se había dado una “parálisis [en] la aplicación de la Ley No. 445”, debido a la ausencia de apoyo por parte del Estado a su implementación; b) los mecanismos y procedimientos que debía proveer el Estado no habían tenido el apoyo financiero y técnico adecuado para el efectivo funcionamiento de las entidades responsables de conducir el proceso de demarcación de tierras indígenas y de resolver conflictos limítrofes; c) el Consejo Regional de la Región Autónoma del Atlántico Norte (CRAAN), debía iniciar la etapa de solución de conflicto; sin embargo, ésta carecía de un reglamento que desarrollara dicha etapa y no contaba con capacidad técnica y financiera; d) el funcionamiento de las instituciones encargadas se había obstaculizado

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