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8.
Informar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que deben
cubrir los gastos que ocasione la aportación o rendición de la prueba propuesta por ellos, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento.
9.
Requerir a los representantes que comuniquen a la Corte el nombre de los declarantes
cuyo affidávit será cubierto por el Fondo de Asistencia, y que remitan una cotización del costo
de la formalización de una declaración jurada en el país de residencia del declarante y de su
envío, a más tardar el 15 de enero de 2016, de conformidad con lo establecido en el
Considerando 49 de la presente Resolución.
10.
Requerir a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que informen a
las personas convocadas para declarar que, según lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento, el Tribunal pondrá en conocimiento del Estado los casos en que las personas
requeridas para comparecer o declarar no comparecieren o rehusaren deponer sin motivo
legítimo o que, en el parecer de la misma Corte, hayan violado el juramento o la declaración
solemne, para los fines previstos en la legislación nacional correspondiente.
11.
Informar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que, al término
de las declaraciones rendidas en la audiencia pública, podrán presentar ante el Tribunal sus
alegatos finales orales y observaciones finales orales, respectivamente, sobre las excepciones
preliminares, eventuales fondo y reparaciones y costas en este caso.
12.
Disponer que la Secretaría de la Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
55.3 del Reglamento y a la brevedad posible, indique el enlace en que se encontrará disponible
la grabación de la audiencia pública a la Comisión Interamericana, a los representantes y al
Estado.
13.
Informar los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que cuentan con
un plazo improrrogable hasta el 22 de marzo de 2016 para presentar sus alegatos finales
escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones
preliminares, eventuales fondo y reparaciones y costas.
14.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a los
representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana.
Humberto Sierra Porto
Presidente en Ejercicio
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Humberto Sierra Porto
Presidente en Ejercicio
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario