54 dispusieron el levantamiento de los cadáveres de los emerretistas 171 y ordenaron el traslado de los mismos al Hospital Central de la Policía Nacional del Perú172, donde se llevaron a cabo las necropsias parciales bajo las órdenes del Comandante Médico PNP Herbert D. Ángeles Villanueva173. En dicho hospital procedieron a identificar a los catorce emerretistas como NN1, NN2, NN3, NN4, NN5, NN6, NN7, NN8, NN9, NN10, NN11, NN12, NN13 y NN14174. 170. En el Acta de identificación y levantamiento de cadáveres realizada el 23 de abril de 1997 y suscrita por el Juez Militar Especial y el Fiscal Militar Especial se deja constancia que175: el cadáver NN9, luego identificado como perteneciente a Víctor Salomón Peceros Pedraza, presentaba “tres perforaciones en lado derecho de abdomen, otras dos heridas de bala en la cara, lado derecho y tres perforaciones en la cabeza”; el cadáver NN10, luego identificado como perteneciente a Herma Luz Meléndez Cueva, fue encontrado a medio metro del cadáver de Víctor Salomón Peceros Pedraza y presentaba “seis perforaciones de bala [y una] herida de bala debajo del ojo izquierdo”, y que el cadáver de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez había sido encontrado en el primer piso al fondo de la residencia y presentaba “un orificio grande en la cabeza lado derecho parte superior de la oreja, […] y tenía en la mano derecha una granada que no llegó a lanzar”. 171. Las necropsias parciales preferenciales realizadas determinaron, por su parte, que los catorce emerretistas fallecieron por “shock hipovolémico” como consecuencia de heridas causadas por proyectil de arma de fuego176. Específicamente, la necropsia correspondiente a Eduardo Nicolás Cruz Sánchez indica que presentaba en la cabeza una “herida severa por proyectil de arma de fuego en [el] lado derecho con fracturas expuestas y pérdida de masa encefálica” y “paquipleuritis bilateral” en el tórax 177. Víctor Salomón Peceros Pedraza presentaba “heridas [por proyectil de arma de fuego] a nivel de cabeza, tórax y extremidades” 178, y Herma Luz Meléndez Cueva presentaba 171 Cfr. Informe No. 01/1a Div FFEE Operación “Chavín de Huántar” (Operación de rescate de rehenes), 30 de abril 1997, pág. 11 (expediente de prueba, tomo I, anexo 2.a al sometimiento del caso, folio 52). 172 Cfr. Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del Embajador de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folio 123). 173 Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folios 750 a 764), e Informe N° 02-2001.sap-DAD.HCPNP.602122 de 26 de enero de 2001 (expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folio 18917). Véase también, Comisión de la Verdad y Reconciliación, Informe Final, 2003, Tomo VII, capítulo 2.66, Las ejecuciones extrajudiciales en la residencia del embajador de Japón (1997), pág. 725 (expediente de prueba, tomo I, anexo 1 al sometimiento del caso, folio 11); Sentencia emitida por la Tercera Sala Penal Especial Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima el 15 de octubre de 2012 (expediente de prueba, tomo XX, anexo a las observaciones de los representantes a las excepciones preliminares del Estado, folio 13575), y Decisión emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Recurso de Nulidad No. 3521-2012 el 24 de julio de 2013 (expediente de prueba, tomo XXI, prueba para mejor resolver, folios 14703 a 14704). 174 Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folios 750 a 764), y Comisión de la Verdad y Reconciliación, Informe Final, 2003, Tomo VII, capítulo 2.66, Las ejecuciones extrajudiciales en la residencia del embajador de Japón (1997), pág. 725 (expediente de prueba, tomo I, anexo 1 al sometimiento del caso, folio 11). 175 Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del Embajador de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folios 120 a 122). 176 Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folios 750 a 764). Véase también, Atestado Nro. 04-DIRPOCC-DIVAMP-PNP elaborado por la Policía Nacional del Perú de 2 de mayo de 2002 (expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folios 18087 a 18093). 177 Necropsia parcial preferencial No. 14 de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folio 764). 178 Necropsia parcial preferencial No. 09 de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folio 759).

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