3 compromisos asumidos por el Estado luego de la audiencia de supervisión de cumplimiento celebrada el 23 de noviembre de 200713, se llevó a cabo una “reunión de trabajo” entre el representante de las víctimas, familiares de éstas y autoridades estatales así como de la Provincia de Mendoza, en la cual suscribieron un acta en la que Argentina se comprometió a realizar diversas acciones 14. En sus escritos de observaciones dirigidos a este Tribunal, el representante se ha referido al incumplimiento de lo acordado en dicha acta. Al respecto, es pertinente aclarar que algunos de los compromisos consignados en la referida acta guardan relación con la reparación relativa a la obligación de investigar la desaparición forzada de las víctimas, y otros tratan de compromisos nuevos adquiridos por el Estado, los cuales no fueron ordenados en la Sentencia de reparaciones y, por lo tanto, no son materia de la supervisión por esta Corte (supra Considerando 1). Se insta al Estado a que honre el cumplimiento de los compromisos que contrajo voluntariamente con el representante de las víctimas y sus familiares. La información proporcionada sobre las acciones acordadas en dicha acta que se relacionan con la obligación de investigar podrán ser tomadas en cuenta en la presente resolución en la medida en que sean relevantes para analizar el cumplimiento de dicha obligación. 4. La Corte valorará la información presentada por las partes respecto de las dos medidas de reparación ordenadas en este caso que se encuentran pendientes (supra Considerando 1), y determinará el grado de cumplimiento por parte del Estado. Las consideraciones se estructuran en el siguiente orden: A. Búsqueda e identificación de los dos hijos extramatrimoniales del señor Baigorria .................... 3 B. Investigar los hechos que condujeron a la desaparición de los señores Garrido y Baigorria, someter a proceso y sancionar a los responsables .................................................................... 7 A. Búsqueda e identificación de los dos hijos extramatrimoniales del señor Baigorria A.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resoluciones anteriores 13 Cfr. Caso Garrido y Baigorria, Resolución de 27 de noviembre de 2007, supra nota 4, Visto 15. El Estado se comprometió a: “a) […] gestionar la instalación de una placa memorial en [un] lugar a determinar”; “b) […] requerir la colaboración de la Dirección de Inteligencia Criminal del Ministerio de Seguridad a efectos de que, en un plazo máximo de 60 días, lleve adelante las investigaciones y pesquisas adicionales al informe producido por la Comisión ad-hoc de investigación que pudieran contribuir a la determinación de los responsables de los hechos y a su sometimiento a proceso”; “c) […] incrementar la difusión de la recompensa ofrecida por el aporte de información conducente a la determinación del paradero de las víctimas y de los responsables de los hechos, particularmente en el ámbito policial, como así también […] adoptar las medidas necesarias para que se coloquen retratos de Adolfo Garrido y Raúl Baigorria en todas las dependencias policiales de la provincia, junto con dicho ofrecimiento de recompensa”; “d) […] requerir a las autoridades de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza y de la Procuración General la atribución al juzgado interviniente de los recursos humanos y materiales que fueran necesarios para agilizar la marcha de las investigaciones en curso y la adopción de las medidas procesales que fueran pertinentes”, “e) […] gestionar la adopción de las medidas necesarias para la publicación completa del informe producido por la Comisión de Investigación ad-hoc”, y “f) […] fijar posición, dentro del plazo de 10 días sobre el requerimiento del peticionario en relación a la posibilidad de que el Gobierno de la Provincia exteriorice un pedido de disculpas públicas, como así también respecto [a] la solicitud de reintegro de gastos de viaje devengados en el marco del proceso de supervisión de cumplimiento de sentencia de la Corte Interamericana […], como así también eventuales gastos futuros en dicho concepto”. Cfr. Acta de 6 de febrero de 2008 (anexo al informe estatal de 31 de marzo de 2008). 14

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