expresada en escritos anteriores en pro de la inadmisibilidad del caso y en contra del procedimiento de solución amistosa. 7. El 20 de agosto de 1998, el Estado envió sus observaciones, las cuales fueron remitidas a la peticionaria el 27 de agosto de 1998, respondidas por ésta el 27 de octubre de 1998 y remitidas de vuelta al Estado el 19 de noviembre de 1998. El 19 de enero de 1999 el Estado envió sus observaciones. El 1 de marzo de 1999, la Comisión otorgó audiencia a las partes en el marco de su 102° periodo ordinario de sesiones. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. Posición de la peticionaria 8. A los fines de este Informe, que tiene como objeto la admisibilidad de la petición, los alegatos de la peticionaria pueden resumirse de la siguiente manera: 9. La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos –la peticionaria— alegó que Elba Clotilde Perrone y Juan José Preckel trabajaban en la Dirección General Impositiva, --entonces dependiente de la Secretaria de Hacienda, Ministerio de Economía, Poder Ejecutivo Nacional--, hasta el momento de su detención ilegítima en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, el 6 de julio de 1976. En 1977 fueron puestos a la orden del Poder Ejecutivo Nacional sin ser sometidos a juicio, sufriendo ambos torturas y otros vejámenes. Durante esa época, que se caracterizó por la ruptura del ordenamiento jurídico nacional por el gobierno de facto que ostentaba el poder, la señora Perrone y el señor Preckel permanecieron detenidos clandestinamente en distintas dependencias militares. 10. En el caso de la señora Perrone la situación se mantuvo hasta el 16 de octubre de 1982, es decir, durante seis años, tres meses y diez días. Entonces, recuperó su libertad en calidad de vigilada y el 25 de julio de 1983 se dispuso su cese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. El señor Preckel obtuvo a través de gestiones realizadas por la Embajada de Alemania y por Amnistía Internacional, un pasaporte que le permitió hacer uso de la opción de salir del país, lo que se cristalizó el 7 de septiembre de 1979. Su exilio duró hasta el mes de diciembre de 1984 cuando regresó a Argentina gracias a las gestiones realizadas por las mencionadas instituciones y el Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas. Mientras permanecieron en la situación ilegítima que les impidió trabajar, con motivo de sus faltas al lugar de trabajo se 3

Select target paragraph3