expresada en escritos anteriores en pro de la inadmisibilidad del caso y
en contra del procedimiento de solución amistosa.
7. El 20 de agosto de 1998, el Estado envió sus observaciones, las
cuales fueron remitidas a la peticionaria el 27 de agosto de 1998,
respondidas por ésta el 27 de octubre de 1998 y remitidas de vuelta al
Estado el 19 de noviembre de 1998. El 19 de enero de 1999 el Estado
envió sus observaciones. El 1 de marzo de 1999, la Comisión otorgó
audiencia a las partes en el marco de su 102° periodo ordinario de
sesiones.
III. POSICIONES DE LAS PARTES
A. Posición de la peticionaria
8. A los fines de este Informe, que tiene como objeto la admisibilidad de
la petición, los alegatos de la peticionaria pueden resumirse de la
siguiente manera:
9. La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos –la
peticionaria— alegó que Elba Clotilde Perrone y Juan José Preckel
trabajaban en la Dirección General Impositiva, --entonces dependiente
de la Secretaria de Hacienda, Ministerio de Economía, Poder Ejecutivo
Nacional--, hasta el momento de su detención ilegítima en la ciudad de
Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, el 6 de julio de 1976. En 1977
fueron puestos a la orden del Poder Ejecutivo Nacional sin ser sometidos
a juicio, sufriendo ambos torturas y otros vejámenes. Durante esa
época, que se caracterizó por la ruptura del ordenamiento jurídico
nacional por el gobierno de facto que ostentaba el poder, la señora
Perrone y el señor Preckel permanecieron detenidos clandestinamente
en distintas dependencias militares.
10. En el caso de la señora Perrone la situación se mantuvo hasta el 16
de octubre de 1982, es decir, durante seis años, tres meses y diez días.
Entonces, recuperó su libertad en calidad de vigilada y el 25 de julio de
1983 se dispuso su cese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. El
señor Preckel obtuvo a través de gestiones realizadas por la Embajada
de Alemania y por Amnistía Internacional, un pasaporte que le permitió
hacer uso de la opción de salir del país, lo que se cristalizó el 7 de
septiembre de 1979. Su exilio duró hasta el mes de diciembre de 1984
cuando regresó a Argentina gracias a las gestiones realizadas por las
mencionadas instituciones y el Comité Intergubernamental para las
Migraciones Europeas. Mientras permanecieron en la situación ilegítima
que les impidió trabajar, con motivo de sus faltas al lugar de trabajo se
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