en peligro la integridad física y la vida de los acusados, en violación de los derechos
establecidos en los artículos 4 y 5 de la Convención11.
36.
Adicionalmente, la Comisión registró las actividades de inteligencia que las fuerzas de
seguridad del Estado realizan en relación con las actividades de las organizaciones de derechos humanos y
sus miembros12. La CIDH sostuvo lo siguiente:
(…) resulta ahora incuestionable que [los integrantes de las fuerzas de seguridad del Estado]
realizan actividades de inteligencia cuyo objetivo son las organizaciones de derechos
humanos y sus integrantes. Como se señaló antes, en varias actuaciones penales se han
presentado informes de inteligencia militar sobre organizaciones de derechos humanos.
(…) la Comisión reitera su preocupación ante el hecho de que las fuerzas de seguridad del
Estado dirijan sus actividades de inteligencia contra las organizaciones de derechos humanos
y sus miembros exclusivamente a raíz de su condición de tales. Las fuerzas de seguridad del
Estado parecen suponer automáticamente que las organizaciones de derechos humanos y
sus miembros plantean un peligro para el orden público.
(…) la Comisión ha recibido denuncias vinculadas a la manera en que se recaba la información
de inteligencia sobre los trabajadores de los derechos humanos y sus organizaciones. Esta
información indica que los integrantes de las fuerzas de seguridad obtienen documentos
financieros y otros documentos privados sin la debida autorización. La Comisión ha recibido
información que indica que las fuerzas de seguridad del Estado también han intervenido
líneas telefónicas y han grabado secretamente conversaciones, sin orden judicial.
(…) Cuando las fuerzas de seguridad del Estado realizan este tipo de actividades de
inteligencia secretas e intrusivas sin la debida autorización, violan la legislación colombiana
y el derecho a la vida privada consagrado en la Convención Americana13.
37.
La Comisión también registró denuncias que indican que las fuerzas de seguridad del Estado
en algunos casos realizan actividades de inteligencia en forma deliberada para acosar o intimidar a los
trabajadores de los derechos humanos objeto de las operaciones de inteligencia14. Sobre este aspecto, la CIDH
resaltó lo siguiente:
Por ejemplo, los agentes de las fuerzas de seguridad a veces piden de los defensores
información personal detallada que, de revelarse, podría colocarlos en situación de peligro.
La Comisión ha recibido denuncias que indican que agentes de las fuerzas de seguridad del
Estado a veces solicitan esta información a través de visitas o llamadas telefónicas personales
reiteradas. Cuando se pide que quienes solicitan la información se identifiquen o formulen
los pedidos de información por escrito, a veces no lo hacen. Las fuerzas de seguridad del
Estado en algunas ocasiones realizan también operaciones de vigilancia en las que los
trabajadores de los derechos humanos observan constantemente cómo individuos
desconocidos, a veces armados, los siguen en el curso de sus actividades cotidianas.
(…)
Las técnicas de recolección de información de inteligencia de las fuerzas de seguridad del
Estado provocan así, con frecuencia, gran consternación en los trabajadores de los derechos
humanos, en el contexto de la violencia que impera en Colombia. Ciertas técnicas de
recolección de inteligencia pueden inclusive configurar violaciones del derecho a la
integridad mental, protegido en el artículo 5 de la Convención15.
CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos
http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm
12 CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos
http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm
13 CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos
http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm
14 CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos
http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm
15 CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos
http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm
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Humanos en Colombia, 26 de febrero de 1999. Disponible en:
Humanos en Colombia, 26 de febrero de 1999. Disponible en:
Humanos en Colombia, 26 de febrero de 1999. Disponible en:
Humanos en Colombia, 26 de febrero de 1999. Disponible en:
Humanos en Colombia, 26 de febrero de 1999. Disponible en:
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