RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 21 DE JULIO DE 2020
CASO ZEGARRA MARÍN VS. PERÚ
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante
“la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 15 de febrero de 2017 1. En dicha
Sentencia, la Corte declaró internacionalmente responsable a la República del Perú (en
adelante “el Estado” o “Perú”) por la violación del derecho a las garantías judiciales en perjuicio
del señor Agustín Bladimiro Zegarra Marín, en el proceso penal en que se le condenó por
delitos contra la administración de justicia, contra la fe pública y corrupción de funcionarios.
La Corte consideró que en dicho proceso no se había respetado el principio de presunción de
inocencia ya que la Quinta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, en su decisión
condenatoria de 8 de noviembre de 1996, no valoró racional y objetivamente las pruebas de
cargo y descargo, y las pruebas de oficio, así como tampoco desvirtuó la hipótesis de inocencia
que surgiera a partir de dichas pruebas para determinar la responsabilidad penal. Asimismo,
el Tribunal constató que la sentencia condenatoria del señor Zegarra Marín careció de una
debida motivación, lo cual tuvo un impacto directo en el ejercicio de los derechos a la defensa
y a recurrir el fallo. Finalmente, el Tribunal concluyó que el Estado violó el derecho a recurrir
del fallo ante juez o tribunal superior, por cuanto la Primera Sala Penal Transitoria resolvió el
recurso de nulidad planteado por el señor Zegarra Marín sin pronunciarse sobre los
argumentos principales presentados por éste, no garantizándose una revisión integral de la
sentencia condenatoria. El Tribunal estableció que su Sentencia constituía por sí misma una
forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado determinadas medidas de reparación
(infra Considerando 1).
*
Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue
deliberada y aprobada durante el 135 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial
utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15
de febrero de 2017. Serie C No. 331. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_331_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 11 de
mayo de 2017.
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