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íntegra conforme a lo establecido en este Fallo, sin reducciones derivadas de eventuales
cargas fiscales.
298. En caso de que el Estado incurriera en mora, deberá pagar un interés sobre la
cantidad adeudada, correspondiente al interés bancario moratorio en Bolivia.
X
PUNTOS RESOLUTIVOS
Por tanto,
LA CORTE
DECIDE,
por unanimidad
1.
Aceptar el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por el
Estado, en los términos de los párrafos 5 y 24 a 26 de la presente Sentencia.
2.
Aceptar las medidas de reparación implementadas por el Estado, en los términos
de los párrafos 247, 248, 252 y 254 de la presente Sentencia.
DECLARA,
por unanimidad, que,
3.
El Estado es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la
integridad personal, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la vida, consagrados
en los artículos 7.1, 5.1, 5.2, 3 y 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma y con los artículos I.a) y XI de la
Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en perjuicio de los
señores Rainer Ibsen Cárdenas y José Luis Ibsen Peña, en los términos de los párrafos 49
a 122 de la presente Sentencia.
4.
El Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal
consagrado en los artículos 5.1 y 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de la señora Martha
Castro Mendoza y de los señores Rebeca, Tito y Raquel, todos de apellidos Ibsen Castro,
en los términos de los párrafos 123 a 133 de la presente Sentencia.
5.
El Estado es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales
y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la misma y
el artículo I.b) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas,
en perjuicio de la señora Martha Castro Mendoza y de los señores Rebeca, Tito y Raquel,
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