-7reparación ordenada ya que reconoció la responsabilidad del Estado por las violaciones
de derechos humanos cometidas en contra de las víctimas. Al respecto, la mandataria
expresó que “el Estado de Chile se equivocó gravemente” y que ese acto era realizado
“para reconocer esta responsabilidad y reparar a las víctimas con medidas que permitan
restaurar su dignidad violentada” por la “tortura[…], [la] aplica[ción de] instancias
jurisdiccionales sin garantías al debido proceso y [la] nega[ción de] la posibilidad de
reparar[los] con un recurso eficaz en [sus] tribunales, esto último [durante] la
democracia”. Adicionalmente, les tomando en cuenta su “condición de víctimas de
graves violaciones de derechos humanos”, les agradeció su lucha y les ofreció una
disculpa por haber sido “juzgados y condenados injustamente”, así como por la
“negación brutal de [su] dignidad y […] honor”28. Además, el Tribunal estima
importante destacar la amplia difusión que recibió dicho acto a través de diversos
medios de comunicación, pues ello contribuye a una mayor preservación de la memoria
histórica de las violaciones a los derechos humanos cometidas, promoviendo a la vez la
no repetición de hechos como los del presente caso29.
17.
En los términos expuestos, la Corte considera que el acto realizado por Chile
satisface plenamente el objeto y propósito de la reparación dispuesta, por lo que
considera que, dentro del plazo que le fue otorgado, ha dado cumplimiento total a la
medida de reparación relativa a la realización de un acto público de reconocimiento de
responsabilidad internacional, ordenada en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia.
D. Placa en conmemoración de las víctimas
D.1. Medida ordenada por la Corte
18.
En el punto resolutivo octavo y en el párrafo 164 de la Sentencia, se dispuso
que, “dentro del plazo de un año contado desde la notificación de la […] Sentencia”, el
Estado debía “develar, en un lugar con acceso público a los miembros de la Academia
de Guerra Aérea[,] para que permanezca en ella, una placa con la inscripción de los
nombres de las víctimas del presente caso[,] con un breve texto narrando las
circunstancias en que ocurrieron las violaciones a sus derechos humanos”.
D.2. Consideraciones de la Corte
19.
De acuerdo con la prueba aportada por Chile30 y lo observado de manera general
por el representante (supra Considerando 3), este Tribunal constata que el Estado
elaboró una “placa recordatoria” con los nombres de las doce víctimas del caso y en
cuyo texto, entre otros, se reconoce que “[f]ueron víctimas de malos tratos y torturas
28
La Presidenta también manifestó que “gracias a este fallo otras víctimas de Consejos de Guerra podrán
presentar recursos de revisión y restaurar, así, su dignidad y honor militar, cuando se trate de uniformados”.
Cfr. Comunicado de Prensa de la Presidencia de Chile de 7 de octubre de 2016 titulado “Presidenta Bachelet:
‘El Estado de Chile se equivocó gravemente, y hoy estamos aquí para reconocer esta responsabilidad y
reparar a las víctimas con medidas que permitan restaurar su dignidad violentada’”, disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/comunicado.aspx?id=41916, y transcripción del discurso de la Presidenta
Michelle Bachelet durante el acto de reconocimiento de responsabilidad internacional, disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/discurso.aspx?id=41919, referidos en el anexo 9 al informe estatal de octubre
de 2016, supra nota 23 (última consulta el 30 de agosto de 2017).
29
Cfr. Caso Kimel Vs. Argentina. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 15 de noviembre de 2010, Considerando 17.
30
Cfr. Minuta de la reunión celebrada el 11 de marzo de 2016 “entre personeros de la Academia de Guerra
de la F[uerza Aérea de Chile], representantes del Ministerio de Defensa, de la Dirección de Derechos Humanos
del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública [para] proyectar un espacio en la […] Academia para la colocación de la placa”; documento
sin fecha titulado “Minuta Plaza Recordatoria”; transcripción del texto de la placa y fotografía de la misma;
borrador del “Libreto” del acto de develación de la placa, y “Listado de medios de prensa en acto de
develación de la placa conmemorativa” (anexos 10, 11 y 12 al informe estatal de octubre de 2016).