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iv.
medidas como el control de horarios y actividades por parte del
Ejército y de la Policía Nacional han afectado la libertad de circulación de los
pueblos de la Sierra;
v.
más de 400 familias se encuentran desplazadas principalmente en
cuatro centros urbanos y no existe una política integral de estabilización
socio-económica para estas personas y familias, y
vi.
el sistema único de registro, además de que no contempla la variable
étnica, tampoco acepta como registrantes a personas que hayan sido víctimas
de desplazamiento forzado por parte de autoridades estatales.
d)
en cuanto a la participación de los peticionarios en la planificación e
implementación de las medidas, que:
i.
en el marco de la implementación de estas medidas se han logrado
importantes avances como fruto de un esfuerzo conjunto entre el Estado, el
pueblo kankuamo y los peticionarios de las medidas;
ii.
a pesar de estos importantes avances, el proceso de concertación de
las medidas provisionales carece de espacios reales de seguimiento a
compromisos adquiridos y de políticas públicas integrales y adecuadas que
reconozcan y protejan el gobierno propio, la identidad e integridad cultural y
la especial relación que tiene el pueblo kankuamo con su territorio;
iii.
preocupa el poco compromiso que algunas entidades del Estado,
particularmente en la Municipalidad de Valledupar, han mostrado para acoger
e implementar los acuerdos logrados y los compromisos establecidos, y
iv.
el cumplimiento adecuado de las medidas provisionales debe hacerse
con pleno respeto de la autonomía, identidad, gobierno propio, tradiciones y
cultura del pueblo kankuamo, reconociendo la especial relación que tienen
con su territorio.
9.
Los argumentos expuestos por el Estado en la referida audiencia pública (supra Visto
6), en los cuales reiteró lo señalado en sus escritos anteriores (supra Visto 2), y enfatizó:
a)
en cuanto a la adopción de medidas para proteger la vida e integridad
personal de todos los miembros de las comunidades que integran el Pueblo Indígena
Kankuamo, que:
i.
mediante un trabajo conjuntamente realizado con peticionarios,
beneficiarios y órganos del sistema, se ha cumplido a cabalidad con las
medidas ordenadas;
ii.
en el año 2006 no murió ningún miembro del pueblo kankuamo
beneficiario de medidas provisionales;
iii.
se ha establecido un mayor control sobre la zona, el cual ha
contemplado un proceso de capacitación de la Fuerza Pública sobre el respeto
a los usos, costumbres y autoridades indígenas;
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