resolución posterior, para lo cual se está solicitando al Estado que presente un nuevo
informe (infra punto resolutivo 4).
2.
En el punto resolutivo vigesimosegundo y párrafo 309 de la Sentencia, la Corte
dispuso que el Estado debía “publi[car] en un tamaño de letra legible y adecuado, en
idiomas español y maya achí, y en un plazo de seis meses, contado a partir de la
notificación de la presente Sentencia: a) el resumen oficial de la Sentencia elaborado
por la Corte, por una sola vez, en el Diario Oficial y en un diario nacional de amplia
circulación, y b) la presente Sentencia en su integridad, junto con sus anexos, disponible
al menos por un período de un año, en un el sitio web oficial del Estado”. Asimismo, se
dispuso que “[e]l Estado deberá realizar la traducción del resumen oficial y la Sentencia
y estas deberán contar con el aval de los representantes antes de ser publicada[s]”.
3.
Con base en la información y los comprobantes aportados por el Estado 5, así
como lo observado por los representantes 6, la Corte considera que Guatemala ha dado
cumplimiento total a las medidas relativas a la publicación y difusión de la Sentencia y
su resumen oficial ordenadas en el párrafo 309 y el punto resolutivo vigesimosegundo
de la misma, ya que publicó: a) el resumen oficial de la Sentencia en el “Diario de
Centro América” en idioma español y en maya achí 7; b) el resumen oficial de la Sentencia
en los diarios de circulación nacional “Nuestro Diario” y “Prensa Libre” en idioma español
y en maya achí, respectivamente 8; y c) el texto integral de la Sentencia en el sitio web
oficial de la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos (en adelante
“COPADEH”), en idioma español y en maya achí 9, disponible al menos por el período de
un año.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones y
de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su
Reglamento,
5
El 29 de abril de 2022 el Estado informó que realizó las publicaciones del resumen oficial de la Sentencia
dispuestas en el Fallo en idioma español y maya Achí, y que tales traducciones fueron elaboradas “en
coordinación con la Academia de Leguas Mayas de Guatemala en acuerdo de los representantes de las
víctimas”. Posteriormente, el 20 de febrero de 2023 el Estado informó que se realizó las publicaciones de la
Sentencia en su integridad dispuestas en el Fallo en idioma español y maya Achí.
6
El 12 julio de 2022 y 18 de abril de 2023 los representantes no controvirtieron las publicaciones
realizadas por el Estado; sin embargo, observaron que las publicaciones de la Sentencia en idioma español y
en idioma maya Achí se realizaron el 9 de junio y 5 de julio de 2022, respectivamente, por lo que consideraron
que la medida debía tenerse por cumplida al trascurrir “un año mínimamente [de su publicación]”, lo cual se
cumpliría el 9 de junio y 5 de julio de 2023, respectivamente.
7
Cfr. Copia de la publicación en el Diario Oficial “Centro América” de 17 de mayo de 2018, realizada en
idioma español, págs. 14 y 15, y Copia de la publicación en el Diario Oficial “Centro América” de 26 de
noviembre de 2021, realizada en idioma maya Achí, págs. 14 y 15 (anexo al informe estatal de 29 de abril de
2022).
8
Cfr. Copia de la publicación en “Nuestro Diario” de 23 de noviembre de 2018, en idioma español, págs.
48 y 49, y Copia de la publicación en “Prensa Libre” de 22 de diciembre de 2021, en idioma maya Achí, págs.
29 y 30 (anexo al informe estatal de 29 de abril de 2022).
9
El Estado informó que el texto íntegro de la Sentencia en el sitio web oficial de COPADEH se podía
consultar en el siguiente enlace: https://copadeh.gob.gt/sentencia-corte-idh-caso-miembros-de-la-aldeachichupac-y-comunidades-vecinas-del-municipio-de-rabinal-vs-guatemala/ (visitado por última vez el 2 de
septiembre de 2024). Según la información disponible en esa página web –la cual no fue controvertida por los
representantes-, la publicación en línea de la Sentencia se realizó, en idioma español el 9 de junio de 2022, y
en idioma maya Achí el 5 de julio de 2022.
2