3 4. El Estado informó mediante escritos de 4 de febrero y 15 de mayo de 2015 y 5 de febrero y 6 de mayo de 2016, que puso a disposición de la Comisión Intereclesial los datos de los enlaces de la Policía Nacional en Neiva y Buenaventura, además del contacto con el “Jefe Área Derechos Humanos”, y solicitó al señor Rueda informar sobre sus desplazamientos con anticipación. También señaló mediante escritos de 5 de febrero y 6 de mayo de 2016 que la Policía Nacional y la Infantería Marina estaban llevando a cabo “planes de disuasión, prevención y control” en las ciudades de Buenaventura, Mapiripán y Bogotá, en protección de los integrantes de la Comisión Intereclesial. Además, informó el 24 de febrero de 2017 que el Ministerio de Defensa Nacional había “desplegado coordinaciones” con las unidades policiales en cada una de las jurisdicciones a nivel nacional con el fin de “evitar atentados y hechos que afecten la vida e integridad de los líderes de organizaciones políticas, sociales y defensores de Derechos Humanos”. Mediante escrito de 31 de julio de 2017, el Estado también informó que el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas había aprobado el esquema de protección tipo 3 para el señor Danilo Rueda, consistente en: a) tres medios de comunicación “tipo avantel”, b) tres hombres de protección, c) un vehículo blindado, y d) una motocicleta por doce meses. Del mismo modo, manifestó la disposición de la Policía Nacional de establecer enlaces con los integrantes de la Comisión Intereclesial, señalando que se encontraban en espera de que dicha Comisión les señalara los datos de las personas designadas en “las regiones” para poder efectuar dichos enlaces. Subrayó los patrullajes efectuados por la Policía Metropolitana de Bogotá a la Sede de la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz. Por otra parte, el Estado sostuvo que la Fiscalía General de la Nación había decidido acumular 16 investigaciones en las cuales el señor Danilo Rueda y otros integrantes de la Comisión Intereclesial se encontraban registrados como víctimas, bajo un mismo radicado5. Finalmente, mediante escrito de 25 de octubre de 2017, el Estado sostuvo que el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas, en su sesión del 9 de agosto del 2017, ratificó las medidas ya vigentes para la protección del señor Danilo Rueda y agregó la implementación de otro medio de comunicación tipo avantel, así como un chaleco blindado. 5. Sobre el proceso de concertación, el Estado comunicó el 13 de julio de 2017 que se llevó a cabo una reunión el 22 de junio de 2017 con la participación de Danilo Rueda, delegados de la Fiscalía General de la Nación, de la Procuraduría General de la Nación, de la Policía Nacional, de la Unidad Nacional de Protección y del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de realizar el seguimiento de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión a favor de la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz y las medidas provisionales a favor de Danilo Rueda. 6. Los representantes señalaron mediante escrito de 23 de enero de 2017 que si bien “las medidas materiales de protección han contribuido a salvaguardar la vida de nuestro defensor, pudiendo además continuar con sus labores, lo cierto es que dichas medias son insuficientes mientras no sean compaginadas con reales y efectivas investigaciones que conlleven al esclarecimiento de la verdad, la materialización de la justicia, la identificación de los responsables y el cese definitivo de estos actos de violencia y vulneración de derechos humanos”. A través de su escrito de 19 de julio de 2017, reiteraron la necesidad de que las medidas estén acompañadas de un “proceso de esclarecimiento de la verdad, 5 Resaltó la importancia de la “participación activa de las víctimas, mediante la ampliación de la denuncia y la asistencia a las entrevistas solicitadas por la Fiscalía”, indicando que se encontraba a la espera de recibir las declaraciones de los defensores de derechos humanos y de sus escoltas. Además, manifestó mediante escritos de 5 de mayo y 5 de noviembre de 2015 y 15 de marzo y 27 de abril de 2017 que la Fiscalía había encontrado obstáculos en las investigaciones por la dificultad para lograr la comparecencia de las víctimas, la denuncia de los hechos a través de organizaciones nacionales e internacionales y la falta de información sobre las circunstancias de “tiempo, modo y lugar” para determinar la importancia penal de los hechos.

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