14.
[e]l Estado debe efectuar el pago por concepto de reintegro de costas y gastos, [en los
términos de los] párrafos 206, 207 y 209 a 211 de [la] Sentencia […].
2.
La Sentencia de Interpretación de la Sentencia de Saramaka (en adelante, “la
Sentencia de Interpretación”) dictada por la Corte el 12 de agosto de 2008, en la que:
DECID[IÓ],
[P]or unanimidad,
1.
[d]eclarar admisible la demanda de interpretación de la Sentencia de excepciones
preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada el 28 de noviembre de 2007 en el Caso del
Pueblo Saramaka interpuesta por el Estado, en los términos del párrafo 10 de la […] Sentencia.
2.
[d]eterminar el alcance de lo dispuesto en los Puntos Resolutivos [cinco] al [nueve] de la
Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada el 28 de
noviembre de 2007 en el Caso del Pueblo Saramaka, en los términos de los capítulos IV, V, VI y
VII de la […] Sentencia. […]
3.
Los informes presentados el 6 de agosto de 2009 y el 13 de mayo de 2010, por
medio de los cuales el Estado informó a la Corte el estado de su cumplimiento con la
Sentencia y la comunicación del 17 de noviembre de 2009, por medio de la cual el Estado
presentó “tres (3) documentos adicionales [referentes] a [su] [p]rimer [i]nforme
[periódico]”.
4.
Los escritos del 12 de septiembre de 2009 y 8 de junio de 2010, por medio de los
cuales los representantes presentaron sus observaciones a los informes del Estado (supra
Visto 3).
5.
Los escritos del 3 de diciembre de 2009 y el 15 de julio de 2010 por medio de los
cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o
“la Comisión Interamericana”) presentaron sus observaciones a los informes del Estado
(supra Visto 3).
6.
La audiencia privada que se realizó en la sede de la Corte el 2 de septiembre de
20101.
7.
La nota de la Secretaría del 14 de septiembre de 2010, mediante la cual la Corte
requirió que las partes presentaran, a más tardar el 20 de septiembre de 2010,
información relacionada con las supuestas concesiones otorgadas en el territorio de
Saramaka sin el consentimiento de las víctimas después de dictada la Sentencia,
incluyendo información sobre si se realizaron estudios de impacto ambiental y social (en
adelante “ESIAs”) en relación con dichas supuestas concesiones; información sobre
cualquier acuerdo entre las partes respecto a un cronograma de cumplimiento; cualquier
información adicional sobre las obligaciones cuyo cumplimiento está pendiente; y
documentación sustentatoria. A las partes también se les solicitó presentar información
sobre: la fecha en que los montos depositados en el fondo de desarrollo estarían
disponibles para su uso por las víctimas; si el Capítulo VII y los Puntos Resolutivos uno a
quince de la Sentencia fueron publicados en el Boletín Oficial del Estado; los nombres de
1
Las siguientes personas comparecieron en la audiencia: a) en representación del Estado, Patricia
Meulenhof, Directora Adjunta del Ministerio de Desarrollo Regional y Jefa de la delegación; Renate Burgrust,
Jefe de las Relaciones Internacionales de Stafunit del Ministerio de Desarrollo Regional; Jornell Vinkwolk, Jefe
de la División de Derechos Humanos; Jozef Amautan, Responsable Senior de Políticas del Ministerio de
Planeamiento Físico y Administración de Tierras y Bosques; y Monique Pool, Traductora; b) representación de
los representantes, S. Hugo Jabini, Asociación de Autoridades Saramaka; Fergus MacKay, Abogado Designado,
Forest Peoples Programme; y Alancay Morales Garro, Forest Peoples Programme; y c) en representación de la
Comisión Interamericana, Lilly Ching Soto, Abogada de la Secretaría Ejecutiva.
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